jueves. 28.03.2024

La polémica historia del voto femenino

Hoy como ayer, algunos pretenden, de forma oportunista, utilizar los derechos de la mujer, como moneda de cambio, para beneficio de sus intereses políticos...

El 1 de octubre de 1931, las Cortes españolas aprobaron el sufragio femenino; no fue hasta las elecciones generales del 19 de noviembre de 1933, cuando pudieron ejercerlo. Ocurrió lo que algunos habían vaticinado: la izquierda perdió las elecciones; las mujeres ganaron en derechos y la sociedad en dignidad. Hoy como ayer, algunos pretenden, de forma oportunista, utilizar los derechos de la mujer, como moneda de cambio, para beneficio de sus intereses políticos.

En 1948, Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en ella su artículo 21, que declara el derecho de toda persona a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos: «La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público» y esa voluntad se expresa en elecciones periódicas, por sufragio universal, libre igual y secreto. Por su parte la Convención sobre los derechos políticos de la mujer (1954) —Convention on the Political Rights of Women— dispuso (artículo 1): «Las mujeres tendrán derecho a votar en todas las elecciones en igualdad de condiciones con los hombres, sin discriminación alguna». La República española se había adelantado a su tiempo.

En las Cortes de 1931 —las mujeres tenían reconocido el derecho de sufragio pasivo— muchos temían que la mujer, tachada de «regresiva» y falta de espíritu crítico, pusiera en peligro a la joven República. Pese a todo, el 1 de octubre, hace ochenta y dos años, se consagró, por primera vez en la historia española, el derecho al voto femenino. En los debates parlamentarios, Clara Campoamor, Victoria Kent y Margarita Nelken —las únicas mujeres diputadas—, protagonizaron posturas contrapuestas. «No es cuestión de capacidad, es cuestión de oportunidad para la República», sostuvo Kent, representante del Partido Republicano Radical Socialista, propugnando aplazar el voto femenino. Campoamor, en contra de su propio partido, el Republicano Radical, apostó por el reconocimiento del derecho. Por su parte, Nelken, del Partido Socialista Obrero Español, se opuso al sufragio femenino, sosteniendo que la mujer estaba sometida a la voluntad e influencia clerical, y por tanto carecía de preparación para la acción política.

Para los contrarios al reconocimiento del voto femenino, no era el momento. Decía Victoria Kent en sus argumentos: «No es que con ello merme en lo más mínimo la capacidad de la mujer. No es cuestión de capacidad; es cuestión de oportunidad para la República. (...) Cuando la mujer española se dé cuenta de que sólo en la República están garantizados los derechos de ciudadanía de sus hijos, de que sólo la República ha traído a su hogar el pan que la monarquía no les había dejado, entonces, la mujer será la más ferviente, la más ardiente defensora de la República; pero, en estos momentos, es peligrosos conceder el voto a la mujer» (Julián Santos, La Constitución de 1931, 2009).

La respuesta de Clara Campoamor, defensora de la concesión inmediata del derecho al voto a las mujeres fue categórica: «Precisamente porque la República me importa tanto, entiendo que sería un gravísimo error político apartar a la mujer del derecho del voto. (...) He visto que a los actos públicos, acude una concurrencia femenina muy superior a la masculina, y he visto en los ojos de esas mujeres la esperanza de redención, he visto el deseo de ayudar a la República, he visto la pasión y la emoción que ponen en sus ideales. La mujer española espera hoy de la República la redención suya y la redención del hijo. (…) La única manera de madurarse para el ejercicio de la libertad y de hacerla accesible a todos, es caminar dentro de ella». (Julián Santos, Ibid)

La votación fue nominal y el resultado: 161 votos a favor y 121 en contra, con un 40% de abstención. El artículo 34 quedó aprobado y el derecho al voto femenino fue una realidad: «Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes». La mujer adquiría, por un escaso margen de diferencia, la condición de electora.

Pasado el tiempo, el ministro de Justicia Ruiz Gallardón, negando la evidencia histórica y con mala fe, en defensa torticera de sus planteamientos reaccionarios y machistas, defendiendo la reforma de la ley del aborto, echó en cara a los socialistas, que en la Segunda República «se opusieron a reconocer el voto a las mujeres». Como sería la cosa que su propio gobierno ha salido al paso, respondiendo a la pregunta parlamentaria socialista (Boletín Oficial de las Cortes Generales, 3 de diciembre), admitiendo que Gallardón mintió al decir que el PSOE votó en contra del sufragio femenino en 1931.

La respuesta del ejecutivo, se remite al estudio de Juan Carlos Monterde, Algunos aspectos sobre el voto femenino en la Segunda República, Anuario Facultad de Derecho 2010. Destaca el estudio que: En un ambiente tenso, se llegó a la votación definitiva del citado artículo 34. Fue aprobado, nominalmente, por 161 votos a favor y 121 en contra. Votaron a favor el Partido Socialista «con la destacada excepción de Indalecio Prieto y sus seguidores, quien lo consideró una puñalada para la República», pequeños núcleos republicanos —catalanes, federales, progresistas, galleguistas— y la derecha. En contra lo hicieron Acción Republicana, y los Partidos Radical y Radical-socialista, salvo excepciones. No votaron 188 diputados, de los 470 escaños que componían la Cámara.

Lo cierto es que la Constitución republicana aprobó el derecho de sufragio femenino, gracias a los votos del Partido Socialista —aunque no tuviera una postura unánime; de los 115 diputados, votaron a favor 83—. También lo es que la mayoría de los partidos republicanos, partidarios de aplazarlo, entendían que las mujeres votarían a la derecha, poniendo en peligro la República. Que partidos como Acción Republicana o el Partido Radical Socialista, se opusieron salvo excepciones, como la diputada Campoamor. Y es innegable que el franquismo eliminó todo derecho a todos, especialmente el derecho de sufragio a las mujeres, que no volvió ha recuperarse hasta 1976.

También es cierto que la derecha española, desde la transición, ha estado en contra del divorcio, en contra de las leyes del derecho a interrumpir voluntariamente el embarazo, de la ley de igualdad y del derecho mismo a la igualdad real y efectiva de las mujeres. La Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), del PP, presidida por Aznar, pretende que la mujer retorne a ser una pieza secundaria en la sociedad. Las mujeres, dicen, está poniendo en peligro el estado de bienestar.

Mientras el mundo sigue en su trasiego, la derecha reaccionaria, contrarios al devenir de la historia en su avance en el reconocimiento de derechos políticos, laborales, civiles y sociales, quiere mantener a la mujer en casa y con la pata quebrada. Y yo celebro que aquel 1 de octubre de 1931, se reconociese el derecho de sufragio femenino. Las mujeres ganaron en derechos y la sociedad en dignidad.

La polémica historia del voto femenino