jueves. 25.04.2024

La brecha (II). Así está la cosa

Pasado el 20D, la política tendrá de nuevo que aspirar a ser el método para afrontar y tratar de resolver conflictos de intereses y discrepancias.

Tras el primer artículo, en este segundo y último de los dos sucesivos destinados a examinar las preferencias de los ciudadanos - de Cataluña y del resto del Reino-  sobre distintos “modelos de organización territorial”, se construye un cuadro comparativo que al cuantificar con precisión las diferencias puede ayudar a comprender mejor la verdadera naturaleza del “conflicto”, en definitiva de la “cuestión catalana” o de la especular “cuestión española” que tal hecho diferencial suscita.


“El tiempo es un tigre que me devora, pero yo soy el tigre.

Jorge Luis Borges

brecha(En la imagen: Grieta de Þingvellir. Islandia)

La lectura de los resultados en Cataluña

Los items del cuestionario del CIS relativos a las preferencias sobre el “modelo de organización territorial” son los siguientes:

1. Un Estado con un único Gobierno central sin autonomías (“ultracentralistas”)

2. Un Estado en el que las Comunidades Autónomas tengan menor autonomía que en la actualidad (“involucionistas”)

3. Un Estado con Comunidades Autónomas como en la actualidad (“inmovilistas”)

4. Un Estado en el que las Comunidades Autónomas tengan mayor autonomía que en la actualidad (“reformistas moderados”)

5. Un Estado en el que se reconociese a (¿todas?) las Comunidades Autónomas la posibilidad de convertirse en estados independientes (“soberanistas”)

Entre paréntesis se incluye la denominación sintética con la que tanto en el presente artículo como en el que precedió se identifican y califican las correspondientes preferencias

Simplificando al extremo los resultados efectivos de las elecciones celebradas el 27 S, en lo que respecta a las preferencias sobre “modelo de Estado” expresadas por quienes han participado en ellas optando por alguna de las listas presentadas, podrían resumirse así:

Uno de cada 12 votantes (8,6%) ha dado cauce a una preferencia “ultracentralista” (posiblemente de modo mayoritario entre los votantes del PP y en alguna medida aunque menor del C’s).

Una quinta parte (18,2%) se encontraría entre las preferencias aquí denominadas “involucionistas” o “inmovilistas” (items 2 y 3 del cuestionario del CIS). Inversamente al grupo anterior tal sería la opción mayoritaria para los votantes del C’s y en menor medida de los del PP.

Acumuladas estas tres primeras preferencias sumarían poco más de la cuarta parte de los votantes catalanes (26,9%).

Del otro lado, tres quintas partes (60,2%) se inclinan por una opción “soberanista”, entendido el término en referencia a los partidarios del “derecho a decidir” (es decir de “autodeterminación”) y por tanto no en su más confusa y al tiempo más común acepción que la asimila reductivamente al independentismo ( separatismo, secesionismo, etc…). Aquí las opciones en términos electorales comprenderían prácticamente a la totalidad de los votantes de Junts pel Sí, CUP, CSQP y UDC. Es decir tanto los SI-SI de la consulta del 9 N como los del SI-NO.

Dentro de esta última opción, finalmente, estaría la mitad prácticamente de los votantes ( 47,9% o 49,3%, según se mire ) que se inclinaron por opciones partidarias de la independencia (Junts pel Sí y CUP), o sea los del SI-SÍ.

Entre medías (“entre dos aguas”) estaría la opción moderadamente reformista (coincidente con el ítem 4 del cuestionario del CIS) por la que se inclinaría 1 de cada 8 votantes (12,9%), asimilable por entero milimétricamente al PSC/PSOE.

En otras palabras, a tenor de lo expresado en las elecciones, tres cuartas partes (73,1%) de los catalanes estiman que es necesario alterar con menor o mayor alcance el esquema territorial ( modelo de Estado) de la todavía vigente Constitución del 78, frente a solo una cuarta parte que expresa estar conforme -aunque no del todo- con el statu quo, ya que dentro de este grupo se perfilan otras dos minorías no tanto “inmovilistas” (el 10,1%), como directamente “involucionistas” o incluso “ultracentralistas” (los primeros representando un 5,1% de los votos totales y los segundos un 8,6%)..

Cataluña y resto de Espanya

La comparación de las preferencias respecto al modelo de Estado en algunos ámbitos territoriales especialmente significativos se recoge en la tabla siguiente:

brecha2

En el primer grupo de posiciones reflejadas en la tabla (ultracentralistas+ involucionistas+ inmovilistas), que en el promedio del “Resto de España” (es decir excepto Cataluña, Pais Vasco y Navarra en este caso) ascienden al 86,6% , hay cuatro Comunidades (Aragón, las dos Castillas y Extremadura), en las que tales posiciones son realmente abrumadoras, al superar el 90%.

En el otro extremo, las únicas Comunidades (con excepción de Cataluña) donde las posiciones que aquí denominamos “soberanistas”, dentro de ser minoritarias denotan una predisposición apreciable, son el País Vasco (31,4%, en 2012) y Navarra (17,2%). Éstas, además de ser las que registran un porcentaje más bajo (4,2% y 9,2% respectivamente) de posiciones “ultracentralistas” o “involucionistas”, son las que presentan un muy significativo porcentaje de posiciones inclinadas a algún género de cambio con respecto al statu quo actual (59,1 y 41,3% respectivamente), frente a solo el 13,4 % de promedio en el “Resto de España” (excluidas esas dos Comunidades y además Cataluña).

Finalmente, las Islas Baleares junto con la Comunidad de Madrid son los únicos lugares que muestran algún tipo de sensibilidad, por pequeña que sea, hacia las posiciones “soberanistas” (9,0% y 6,3% respectivamente). Casi todas las demás se colocan ostensiblemente por debajo de la media (3,8%), o sea en torno al 0,9% de promedio en el antedicho “resto de España”).

A la vista de los anteriores “datos” parece que en la denominada “cuestión catalana” el verdadero conflicto podría residir no tanto en el supuesto enfrentamiento o división social que pudiera estarse produciendo en el interior de aquel país, ni siquiera tampoco en la falta de cualquier disposición al entendimiento entre quienes gobiernan sobre el conjunto del Reino y los dirigentes de allí, sino más bien en la distancia al día de hoy insalvable entre las actitudes y predisposiciones que denotan las preferencias sobre modelos de Estado que los ciudadanos de allá y de acá manifiestan cuando se les pregunta. Esa es hoy por hoy la verdadera brecha.

Coda final

De ser eso así, tal y como parecen avalar los “datos”, sobre la brecha que se expresa a través de semejantes diferencias se estaría haciendo reposar- de modo inequívocamente oportunista- tanto la estrategia como las tácticas de quienes tratan de obtener una mayor cuota de poder político en las próximas elecciones generales de diciembre.

Y examinadas de este otro modo las cosas, quizás las actitudes, posiciones y movimientos de los contendientes –sobre todo en relación a la “cuestión”- no debería examinarse tan solo en términos de torpeza, tancredismo o redención, sino más bien en los de congruencia con el origen y expectativas de cada uno de ellos o, llanamente, en los de astuto cálculo más o menos acertado, con vistas a obtener de inmediato el mayor rédito electoral.

Pero por paradójico que pueda parecer- por más que se empeñen los que van a competir por proclamarse campeones de la defensa de esa “Unidad Intangible de los Hombres y las Tierras de España” ya consagrada en los Principios Fundamentales del Movimiento Nacional (principio nº 4 de la Ley franquista de 1958), por ahora- tal y como ya señalamos en anterior artículo (“Quién salvó la Unidad de España”)-, el mérito principal a ese respecto lo ha tenido alguien que esta vez no va a comparecer en esa contienda (el otrora brillante parlamentario Durán i Lleida).

Si frente a ello no logra contraponerse la necesidad no ya de una “reforma constitucional inviable” (J. Perez Royo), sino de apertura de un auténtico proceso constituyente, colocando esa necesidad en el centro del debate electoral, seguiremos estando donde estábamos, solo que poniéndolo más difícil aún y yendo a peor.

Presente en la opinión -como se ha visto que está- una mayoría (Espanya vs Cataluña) perenne y abrumadora por definición, cuestiones como la que aquí está en juego no podrán ser abordadas ni mediante trucadas apelaciones a una legalidad concebida desde su origen- como supuesta expresión de aquella mayoría- para que nada de “lo esencial” pudiese a cambiar, ni tampoco mediante la mera prevalencia, sin más, de ajustadas mayorías carentes de otros apoyos externos a la propia realidad nacional catalana.

Pero como quiera que sea, pasado el 20 D- y mientras el anhelo de democracia persista-, la política tendrá de nuevo que aspirar a ser, en este caso también, el método para afrontar y tratar de resolver conflictos de intereses y discrepancias entre creencias y aspiraciones distintas y muy alejadas.

Y con todo, si de resolver el conflicto se trata, más pronto o más tarde la cuestión habrá de ser sometida a veredicto popular bajo la única modalidad posible y verdaderamente democrática: la celebración de un auténtico Referéndum en Cataluña (sobra decir que vinculante).

Referendum, expresa y exclusivamente convocado para un solo fin; rodeado y acompañado de todas las garantías exigibles a ese tipo de consultas; con una sola pregunta y dos únicas respuestas (Sí o No); y con un único y claro veredicto: el que exprese la mitad más uno de quienes voluntariamente quieran participar, que no pueden ser sino aquellos que en su condición de ciudadanos de una Nación – la catalana- ejercen de ese modo su soberanía.

No hay que darle muchas vueltas. Baste mirar a Escocia.

La brecha (II). Así está la cosa