miércoles. 24.04.2024

¿Política excepcional o estados excepcionales?

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Durante los últimos días se ha planteado un debate, a veces demasiado agrio, en relación al uso o no de la previsión constitucional del estado de alarma y a la posibilidad de amparar las medidas excepcionales necesarias a través de mecanismos legislativos ordinarios. El planteamiento de esta duda responde además a dos preocupaciones diferentes y contradictorias:

La primera, la que plantean las fuerzas liberales y de derechas, parece explicarse por la urgencia por normalizar  la producción por encima de la urgencia por frenar la pandemia, y también a una preocupación por las medidas sociales implantadas por el Gobierno que son percibidas como “social-comunismo” y “liberticidio”con gran alarma de unos partidos que plantean, de forma cada vez más radical, la privatizaciones de servicios esenciales, en este caso sanitarios; que están lanzando una ofensiva para librar al mercado las relaciones de trabajo suprimiendo toda ayuda o protección a los trabajadores para no interferir en las leyes liberales de compraventa que ellos extienden a la compraventa de la fuerza de trabajo, es decir, a la compraventa de las personas. Esta derecha quiere liquidar cuanto antes cualquier intervención política en la gestión de la crisis; intervención que percibe como un obstáculo para la liberalización salvaje que propugna. Necesita acabar con el Gobierno, de forma lícita o ilícita, porque sospecha, espero que con razón, que el gobierno progresista cumpla su empeño de salir de la crisis  sin dejar a nadie atrás e intuye que, si no se interviene drásticamente, la salida española se aleje de las recetas de cartón piedra del dogma neoliberal. Busca desesperadamente que la providencial pandemia le dé lo que las urnas no le dieron.

Si se han de restringir libertades para contener la pandemia que sea con carácter extraordinario y no con carácter general. Que sea un estado y no una política

El otro planteamiento que es sobre el que quiero extenderme, por el contrario, percibe en la extensión del estado de alarma un atentado contra las libertades y propugna que las necesarias medidas de contención y protección social se hagan bajo el paraguas de la legislación ordinaria, estatal o autonómica. Se cree que de este modo se preservan mejor las garantías democráticas y la excepcionalidad de las restricciones de la libertad de movimiento. En el debate parlamentario pasado lo manifestó con claridad Gabriel Rufián, portavoz de Esquerra Republicana de Catalunya con una frase que merece la pena subrayar: “¿política excepcional o estados excepcionales?” Es evidente que pese a la coincidencia formal, las coincidencias entre quienes lo plantean así con la derecha no sea, ni mucho menos, una coincidencia de fondo sino todo lo contrario. Lo que no quiere decir que no piense que el voto negativo de ERC sea un inmenso error que va a traer en el futuro más males que bienes a la política española y catalana. Pero ese es otro asunto, importante y sobre el que me gustaría volver en otra ocasión, no obstante, no es el objeto de esta reflexión. Independientemente del voto de Esquerra en el pleno quiero argumentar que el planteamiento que hizo el portavoz de esta formación política, de honda tradición democrática, es, a mi juicio profundamente erróneo.

El Gobierno, por boca del Presidente y de varios ministros ha argumentado que no existe otro mecanismo que el estado de alarma. No soy jurista y me reconozco incapaz de tener opinión al respecto. Voy a partir, sin embargo, solo como premisa para argumentar de que no es así, de que llevan razón quienes afirman lo contrario y de que sí sería posible provocar los mismos efectos con otros procedimientos legislativos.

 Voy a defender que aunque fuera posible hacerlo de otro modo es preferible el recurso al estado de alarma. Tomo la frase del Sr. Rufián porque expresa su posición brillantemente para rebatirla y hacerlo, precisamente, desde una misma preocupación compartida por los derechos y libertades. Yo, sin embargo llego a la convicción opuesta:

Prefiero estados excepcionales que política excepcional. La declaración del estado de alarma debe cumplir requisitos de mucha mayor garantía democrática que la aplicación por parte de un gobierno de legislación ordinaria. Precisamente de ahí brotan las dificultades para su aplicación. El propio Presidente del Gobierno ha preferido mantener la exigencia de aprobación parlamentaria cada quince días en lugar de pedir períodos más largos que le hubieran resultado más cómodos de gestionar y ha justificado su decisión con argumentos relativos a la necesaria temporalidad y al necesario control. Se trata de que el Gobierno tenga menos y no más discrecionalidad para la aplicación de excepciones que la que tendría si utilizara legislación ordinaria. Utilizar leyes existentes para confinar a la ciudadanía mediante decretos gubernamentales que requieren mucho menor control parlamentario sentaría un precedente mucho más peligroso para el futuro. Prefiero estados excepcionales, es decir delimitados en el tiempo,  atenidos a circunstancias particulares y con  requerimiento de controles estrictos que política excepcional mucho más susceptible de aplicarse arbitrariamente y con menor control democrático. ¿Se imaginan a nuestra montaraz derecha en un hipotético futuro gobierno disponiendo, por jurisprudencia, de la posibilidad de limitar derechos y libertades con facilidad y escaso control parlamentario? Considero que es un inmenso error plantearlo desde la izquierda, una enorme ingenuidad. Cuidado con la música de libertad que en última instancia tenga el efecto de acompañar la letra de la libertad de mercado, única libertad que defienden la derecha ultraliberal.

Sea cierto como dicen unos que se puede gestionar mediante la gobernanza ordinaria o no, como otros afirman, lo cierto es que, a mi juicio, es preferible hacerlo así, mediante la aplicación de los mecanismos constitucionales de excepcionalidad. Si se han de restringir libertades para contener la pandemia que sea con carácter extraordinario y no con carácter general. Que sea un estado y no una política, por lo que el término estado implica de delimitación en el tiempo y relación con circunstancias particulares.

¿Política excepcional o estados excepcionales?