viernes. 03.05.2024

Reforma laboral (II): La generalización del contrato de fomento del empleo indefinido abarata el despido

NUEVATRIBUNA.ES - 14.5.2010Un aspecto relevante de las propuestas gubernamentales para la reforma laboral es la generalización de la utilización del contrato indefinido de fomento, con indemnización por despido de 33 días por año trabajado en vez de 45 días del clásico contrato ‘fijo’ o indefinido ordinario.
NUEVATRIBUNA.ES - 14.5.2010

Un aspecto relevante de las propuestas gubernamentales para la reforma laboral es la generalización de la utilización del contrato indefinido de fomento, con indemnización por despido de 33 días por año trabajado en vez de 45 días del clásico contrato ‘fijo’ o indefinido ordinario. En el pasado periodo de gran crecimiento del empleo ha tenido un doble efecto ya que constituye un segmento intermedio: es un contrato mejor que el temporal, pero peor que el indefinido ordinario.

¿Cuál sería el impacto de su ampliación a todos los trabajadores en una situación de crisis de empleo como la actual? La retórica y los objetivos cambian. Ya no es para favorecer y subvencionar el empleo indefinido de los temporales con dificultades. Con la destrucción de empleo –temporal e indefinido- y la continuidad de un proceso de reestructuración y renovación de plantillas, la tendencia dominante llevaría al agotamiento del empleo indefinido ordinario y su sustitución por este nuevo contrato con menos derechos. De esa forma, antes se podía señalar ese componente parcial de progreso en la calidad del empleo del segmento con dificultades para la contratación indefinida, con una trayectoria desde la temporalidad a ese contrato ‘intermedio’. En este contexto, la propuesta de su generalización tiene otra dimensión y la evidencia más clara sería la eliminación del contrato indefinido ordinario, que todavía es imprescindible para la contratación indefinida de varones adultos –hasta 45 años-. Con esta medida y su impacto simbólico y normativo, el bloque de más de un tercio de asalariados que todavía tiene ese contrato ‘fijo’ estaría abocado a su desaparición a medio plazo. Es la idea oficial de unificar (igualar) los contratos indefinidos en una única modalidad, por supuesto a la baja.

Pero con ello también se llega a cumplir otro objetivo empresarial fundamental: el abaratamiento de los costes de despido. Todos los nuevos contratos indefinidos serían ya con sólo 33 días de indemnización por año trabajado en caso de despido improcedente (20 días como los indefinidos ordinarios por causas económicas o productivas). Además, si le añadimos la medida, siguiendo el modelo austriaco, de afrontar públicamente parte (40%) de los costes de despido, los empresarios tendrían su modalidad de contrato ‘único’, con 20 días de coste del despido, reivindicación patronal histórica, hasta hace poco rechazada por el Gobierno. Al despido ‘libre’, con su ‘descausalización’ y la reducción de la tutela judicial, se le añadiría su abaratamiento. Así, se reforzaría la desprotección de trabajadores y trabajadoras y su mayor subordinación al poder empresarial. Lógicamente, esa propuesta es regresiva y tiene razón CCOO al oponerse a la misma y proponer la desaparición de esa modalidad de contrato. La igualdad y calidad del empleo se garantizaría con la contratación indefinida ordinaria.

Antonio Antón - Profesor de Sociología de la Universidad Autónoma de Madrid.

Reforma laboral (II): La generalización del contrato de fomento del empleo...
Comentarios