jueves. 28.03.2024

El juez Garzón y la isla de los niños perdidos

Tiene razón Ian Gibson en comparar con un thriller escalofriante los 152 intensos folios del auto de inhibición del juez Baltasar Garzón a favor de diversos juzgados de Instrucción de algunas de las actuaciones contempladas en las diligencias previas de Procedimiento Abreviado en Sumario que abrió contra los crímenes del franquismo el pasado 17 de octubre.
Tiene razón Ian Gibson en comparar con un thriller escalofriante los 152 intensos folios del auto de inhibición del juez Baltasar Garzón a favor de diversos juzgados de Instrucción de algunas de las actuaciones contempladas en las diligencias previas de Procedimiento Abreviado en Sumario que abrió contra los crímenes del franquismo el pasado 17 de octubre. En ese mismo auto, declaraba extinguida la responsabilidad penal por fallecimiento respecto de los delitos contra Altos Organismos de la Nación y de detención ilegal con desaparición forzada de personas en el contexto de crímenes contra la humanidad de: Francisco Franco Bahamonde y otros 44 militares y miembros de los primeros gobiernos de Franco. Lo que no es poco, si se tiene en cuenta que hasta ahora no había existido ningún pronunciamiento judicial que asociara la palabra delito a tan siniestros personajes de la historia española. En cualquier caso, y tal como puntualiza el magistrado, “no es lo mismo declarar extinguida la responsabilidad de los principales cabecillas, por fallecimiento, que otorgarles la impunidad, el perdón y el olvido judicial, tildando sus acciones como mera represión política".

El mundo, entre otras cosas, se divide entre los detractores del superjuez y sus partidarios. Que no instruye bien, dicen algunos. Pero también decían que Curro Romero no mataba bien y sigue siendo considerado como uno de los grandes toreros de la historia. Pero aquellos que suelan tirarle almohadillas a Garzón tendrán que convenir, al menos en este caso, que nadie tiene la razón todo el tiempo ni tampoco nadie se equivoca siempre.

Es de lamentar que dicha decisión triture las esperanzas inmediatas de abrir una oficina nacional de desaparecidos, tal y como soñaba buena parte de la sociedad civil implicada en este asunto. Y si bien es cierto que embarcar la pelota de las fosas en el tejado de los juzgados de instrucción no resuelve el drama de muchas familias que siguen sin saber donde están los cadáveres de los suyos, el documento judicial supone una síntesis incuestionable de lo que fue la represión franquista, tanto durante la guerra como sobre todo durante la posguerra. Y no sólo abre vías oportunas para nuevas actuaciones ante la Justicia sino para la modificación de algunas cláusulas manifiestamente mejorables de la Ley de la Memoria Histórica de 26 de diciembre de 2007 o, en su caso, acciones en paralelo que pudieran plantearse ante los parlamentos y gobiernos autonómicos. Tampoco el auto agota necesariamente otras vías como la campaña por la modificación de la Ley de Registros Civiles que hagan, realmente posible, la inscripción en el mismo de miles de fusilados que fueron ocultados oficialmente por la dictadura.

Un sistema de desaparición de menores.-

Pero lo que queda meridianamente claro en dicha decisión judicial es que si hay una responsabilidad que parece extinguida, otra no lo está. Sobre todo, la que hace referencia a los secuestros con desaparición de personas y la sustracción a sus padres de menores a los que se dota de identidades falsas, ya que tales supuestos son delitos permanentes. Estamos hablando de “los niños perdidos del franquismo”, un caso concreto que no figuraba en las denuncias iniciales de las asociaciones de la memoria que conformaron las diligencias previas mediante procedimiento abreviado número 399/2006 de la Audiencia Nacional. A juicio de Garzón, "podría haberse desarrollado un sistema de desaparición de menores hijos de madres republicanas (muertas, presas, ejecutadas, exiliadas o simplemente desaparecidas) a lo largo de varios años, entre 1937 y 1950, realizado bajo la cobertura de una aparente legalidad". Cambios de domicilio, cambio de apellidos, adopciones ilegales. O sea, todo un ramillete de daños colaterales que añadir al debe de un régimen a quien no le tembló el pulso para exterminar a sus adversarios después de vencerles.

Aquellos secuestros, a tenor del auto de Garzón, “tuvo un claro carácter sistemático, preconcebido y desarrollado con verdadera voluntad criminal para que las familias de aquellos niños a las que no se les consideraba idóneas para tenerlos porque no encajaban en el nuevo régimen, no pudieran volver a tener contacto con ellos. De esta forma se propició una desaparición legalizada de menores de edad, con pérdida de su identidad, cuyo número indeterminado dura hasta la fecha".

Si durante años la sociedad española contempló apasionada y compasivamente la peregrinación de las madres y de las abuelas de la Plaza de Mayo a la búsqueda de sus desaparecidos; o aplaudió la pesquisa personal de Juan Gelman en este mismo sentido, ¿cómo podremos volver la espalda a estos nuevos demonios que aparecen en el jardín de nuestro pasado inmediato y colectivo?

Ahora, a tenor del auto de Garzón, deben ser el Ministerio Fiscal y los jueces competentes quienes investiguen tales hechos, sancionen a los culpables y reparen a las víctimas, ofreciendo la posibilidad de que aquellos que estén vivos ya que el promedio de edad superará sin duda los 60 años, puedan obtener la recuperación de su identidad.

"En el caso de las víctimas que pueden estar vivas, se debe tomar muy en cuenta en la investigación los casos de aquellas personas que durante su primera infancia o preadolescencia, fueron "sustraídos" de sus madres naturales durante la guerra o, principalmente, tras la misma”, reza el auto, que a su vez subraya el hecho de que hasta ahora este asunto no haya merecido “la más mínima investigación".

Mala gente que camina.-

Lo que sorprende es que este asunto siga causando sorpresa. Y no sólo por la excelente distribución que tuvo la novela-ensayo “Mala gente que camina” (Ed. Alfaguara, 2006), de Benjamín Prado. El autor reconocía que, al comenzar a redactar dicha obra, no era consciente de las dimensiones reales de dicho suceso y de la trama de complicidades que hizo posible el proceso de reeducación fascista de los hijos de madres republicanas encarceladas o exiliadas, que eran despojados de la tutela de sus padres, desprendidos de sus apellidos y �realojados� en hospicios o adoptados por familias de orden. Prado denunció entonces �el corto camino que hay entre la ley y la locura�, ya que, entre 1940 y 1941, Franco aprobó dos leyes para legalizar la reeducación, basándose en supuestos del doctor Nicolás Vallejo Nájera, ascendido a director del departamento psiquiátrico del Ejército tras diagnosticar al comunismo como �enfermedad contagiosa contra la que había que prevenirse�.

"Las íntimas relaciones entre marxismo e inferioridad mental ya las habíamos expuesto anteriormente �llegó a escribir--. La segregación de estos sujetos desde la infancia podría liberar a la sociedad de plaga tan terrible." El primer precedente legal de dicho tráfico de menores apareció publicado en el Boletín Oficial del Estado del 4-12-41 y se trata de un decreto firmado lógicamente por Francisco Franco que autorizaba el cambio de apellido de los niños repatriados.Al menos sobre el papel, la ley tenía la intención de facilitar una identidad a los niños perdidos de la guerra, facilitaba en la práctica las adopciones irregulares e impedía en gran medida que sus parientes biológicos localizaran a los menores. Se trataba, esto es, de lo que Garzón denomina en su auto “una segregación infantil” que tenía por objeto una más adecuada “preparación ideológica y la afección al régimen” de aquellos menores.

Pero es que desde mucho antes del valiente alegato de Prado ya se estaban poniendo los puntos sobre las íes, incluso en la pantalla grande con documentales como “Los niños perdidos del franquismo”, de 2002, que TV3 emitió a través de su popular programa “30 Minuts”. Se trataba de un reportaje de Montse Armengol y Ricard Belis, con Ricard Vinyes como asesor histórico, que daría pie a un libro editado al año siguiente (Ed. DeBolsillo, 2003). El reportaje mostraba por primera vez unos documentos inéditos del Servicio Exterior de Repatriación de Menores, el organismo de Falange que se encarga de retornar a España a los niños evacuados al extranjero durante la guerra. Dicha documentación venía a probar que los niños eran repatriados sin autorización paterna ni de las familias europeas que les habían acogido y que, una vez de regreso a España, muy a menudo no se les devolvía a sus familiares legítimos porque se les considera "no aptos" para la educación de los niños.

Crímenes de lesa humanidad.-

En su auto, Baltasar Garzón se hace eco de otro estudio más reciente, “El Caso de los Niños Perdidos del Franquismo. Crimen contra la humanidad", de Miguel Ángel Rodríguez (Ed. Tirant Lo Blanc, 2008). Su autor sostiene su relato en la reciente condena de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa a la dictadura franquista, suscrita el pasado 17 de marzo de 2006 y que supuso el primer reconocimiento internacional del denominado caso de los niños perdidos, que se prolongaría hasta los años 50 pero cuya existencia fue silenciada por la Ley de la Memoria Histórica. En su investigación, Rodríguez insiste en “la calificación jurídica de estas conductas como crímenes de lesa humanidad de desaparición forzada de personas, en su modalidad agravada infantil, - su marcado carácter de género corno represalia, aún vigente, a toda una generación de mujeres por su compromiso con la democracia, o la injerencia en la vida privada y familiar de estas personas y en su derecho de educar a sus hijos conforme a sus creencias, por parte del nacionalcatolicismo obligatorio, entre otras cuestiones de insospechada actualidad -, así como el análisis de los incumplidos deberes de España de: a) interrumpir la consumación permanente de estos crímenes revelando el paradero de los niños tomados en su día bajo la tutela del Estado, b) dar normal cumplimiento a las obligaciones internacionales de reparación e indemnización, en todas sus formas, a familiares y niños perdidos localizados, pero también a los familiares de los aún sin localizar por omisión de las funciones del Estado, y c) enjuiciar a todos los responsables de estos crímenes internacionales no prescritos en virtud del mismo legado de Nuremberg que, todavía hoy, continua llevando a los tribunales a los últimos fugitivos nazis”.

Profesor e investigador del Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional de la Universidad de Castilla La Mancha, Rodríguez contó con el respaldo expreso de la asociación Jueces para la Democracia que urgen a confeccionar un listado de todos ellos: “Es muy lamentable que el Estado español no haya realizado actividades claras de averiguar qué pasó con las víctimas del franquismo, y entre ellas muy especialmente con los hijos de presas, de trabajadores no afectos al régimen franquista o aquellos que de una u otra manera se les privó de su derecho al nombre, a su filiación, a saber quienes eran. Poco o nada se ha hecho en ese sentido y creemos que ha sido por la deficiente transición política que se hizo tras la muerte del dictador”, ya había declarado Miguel Angel Jubero, Magistrado Presidente de la Sección 6� de la Audiencia Provincial de Barcelona y Portavoz de dicha Asociación de Jueces.

A partir de dicho ensayo, Garzón denuncia ahora todo un entramado de acciones y organismos, responsabilizando especialmente al Servicio Exterior de Falange. Así, toma como punto de partida el cierre en abril de 1942 de los centros de refugiados republicanos en Francia, por orden del gobierno colaboracionista de Vichy. Mientras los adultos eran enviados a los campos de concentración de Mauthausen o Auschwitz, muchos de sus hijos fueron retornados a España donde, al estar sus progenitores encarcelados, muertos o desaparecidos, ingresaron en hospicios de Auxilio Social similares a los que Carlos Giménez describía en su cómic “Paracuellos”. Entre las páginas 69 y 72 del auto, Garzón subraya que las autoridades franquistas “actuando de forma clandestina consiguieron que muchos de los niños, no reclamados o con sus progenitores en prisión, fueran reacomodados y no tuvieran la posibilidad de conocer sus señas de identidad auténticas”. “Una gran mayoría de "recuperados" y que según el documento, lo eran sin que mediara reclamación de las familias, no fue reintegrada a las mismas, especialmente si se tiene en cuenta el criterio de la legislación y normas dispuestas sobre la idoneidad de las familias republicanas para la educación de los menores en el nuevo Estado”, recalca Garzón.

En su libro, sin embargo, Rodríguez exigía algo que no reclama ahora Garzón pero que tendría que asumir la sociedad española en su conjunto cuando no su Gobierno en particular. Y es que se cree una Comisión Gubernamental de Búsqueda de los Desparecidos, con una Base Nacional de Datos Genéticos, con todas las salvaguardas legales, así como una fiscalía especializada como han reclamado con anterioridad organizaciones como Amnistía Internacional o el Equipo Nizkor. Y, ¿por qué no?, una Comisión de la Verdad sobre las víctimas del crimen contra la humanidad de desaparición forzada, con las atribuciones, composición y competencias que se reflejan en los principios ONU de lucha contra la impunidad.

Ignoro si Baltasar Garzón sigue siendo Peter Pan. Pero merece la pena rescatar a esos niños perdidos de las garras de Garfio, esto es, las del olvido.

Juan José Téllez
Escritor y periodista

El juez Garzón y la isla de los niños perdidos
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