jueves. 28.03.2024
orientacion-profesional

El primer párrafo de la Ley Orgánica de las Cualificaciones y la Formación Profesional contextualiza la importancia de su objetivo en el marco de lo que señalamos en negrita:

“El derecho a la educación, que el artículo 27 de la Constitución reconoce a todos con el fin de alcanzar el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales, tiene en la formación profesional una vertiente de significación individual y social creciente. En esta misma línea y dentro de los principios rectores de la política social y económica, la Constitución, en su artículo 40, exige de los poderes públicos el fomento de la formación y readaptación profesionales, instrumentos ambos de esencial importancia para hacer realidad el derecho al trabajo, la libre elección de profesión u oficio o la promoción a través del trabajo. En efecto, la cualificación profesional que proporciona esta formación sirve tanto a los fines de la elevación del nivel y calidad de vida de las personas como a los de la cohesión social y económica y del fomento del empleo.”

Para las personas no iniciadas podemos introducir de forma sencilla las características de la ley 5/2002 (modificada varias veces) comentando que trata de cinco grandes ejes, que han recibido desigual tratamiento en sus desarrollos y en las inversiones. A pesar del consenso conseguido en su momento, los avatares de la política han supuesto avances y retrocesos, en casi todos sus capítulos: la integración de las ofertas formativas de los subsistemas (la reglada, la ocupacional y la continua) se ha concretado una vez que se ha desarrollado el Catálogo Nacional de las Cualificaciones y con otras normativas más específicas[i]; la relación entre la formación y el empleo es el eje más trabajado y poco logrado, aunque hay avances en algunas familias profesionales; la acreditación de la experiencia laboral está legislada desde 2009, aunque los recortes o la falta de voluntad política han limitado las inversiones necesarias; la calidad una veces se evalúa de una forma y en otros períodos de otra, siempre en términos cuantitativos, no siempre eficaces para la mejora; pero, el gran ausente de todas las políticas públicas de forma efectiva ha sido el sistema integrado de información y orientación profesional. Siempre mencionado, siempre ocupando estéticamente los programas pero siempre también sin criterios claros, confundido con orientación para la inserción, búsqueda de empleo y con el Partido Popular privatizando la información o la orientación con las agencias de colocación.

No se trata solamente de la renuncia a desarrollarlo o de algún tipo de olvido típico de las políticas públicas, aunque hay bastante en este sentido. Se trata de un problema de peso, con dificultades serias para un desenvolvimiento eficaz. Ya hace tiempo que hablamos de los problemas de la orientación profesional en tiempos de incertidumbre.[ii] Pero, la ausencia de unas perspectivas adecuadas es una constante en nuestro país, con poca presencia de alternativas, críticas o incluso preocupaciones al respecto. Si es compleja la posibilidad de adecuar la formación profesional inicial al mercado de trabajo, lo es mucho más orientar a adolescentes y jóvenes para la elección de unos estudios a los 16 o los 18 años, para un empleo que puede desaparecer o cambiar de forma radical cuando finalicen sus estudios.

La orientación profesional eficaz significa analizar la historia profesional y vital de cada persona y proponer actuaciones que no dilapiden ese pasado

Por esa y otras razones económicas, sociales e ideológicas planteamos que la formación profesional es un derecho a lo largo de toda la vida y por lo tanto, la orientación profesional se constituye como un instrumento necesario en cualquier momento de la vida de cara a la formación, la recualificación, la promoción, el desarrollo profesional o el cambio de empleo. Lo señalan la OCDE y la OIT como parte de las políticas públicas necesarias para la cohesión social y el trabajo decente. Es ineludible en el marco de una concepción de defensa de la equidad y la justicia social, porque garantiza una coherencia con la historia profesional (formación y experiencia) que facilita una verdadera integración social activa y no sólo se limita a adaptar competencias para un empleo que incluso puede no ser definitivo.

Actualmente, en una gran mayoría de acciones supuestamente de orientación, la intervención se limita a informar sobre opciones de empleo, aconsejar qué formación se necesita (que no siempre se oferta de forma gratuita), en muchos casos sin tener en cuenta la historia profesional. Como mucho se analizan las titulaciones, para indicar requisitos, muchas veces sin relación con el perfil profesional al que se aspira. Otras acciones se reducen a entrenamiento para la búsqueda de empleo: redactar el currículum, cartas de presentación, cómo hacer entrevistas, etc. Las urgencias por encontrar un empleo, sobre todo si se acaba la prestación por desempleo, son un obstáculo mayúsculo, pero también influyen los intereses creados en el sector público para bajar las estadísticas de paro y en el privado para recomendar la formación propia de cada agencia (para cobrar o para rellenar cursos subvencionados) generalmente ligada a entidades de formación favorecidas por las políticas del PP.

La orientación profesional eficaz significa analizar la historia profesional y vital de cada persona y proponer actuaciones que no dilapiden ese pasado. Si fuera posible habría que profundizar en capacidades, conocimientos, habilidades específicas, en los intereses o motivaciones, en relación con perfiles profesionales antes que puestos de trabajo concretos. Sin urgencia pero en condiciones de viabilidad, es necesario contextualizar con la situación económica, del empleo, con las opciones reales de formación. Porque, si no hay empleo, si hay sectores en declive, otros emergentes, deberemos buscar las interrelaciones posibles con el desarrollo profesional anterior para recualificar con sentido pragmático, sin plantearse objetivos inalcanzables o producir frustraciones.

Por todo ello es indudable la importancia de la formación continua eficaz en el puesto de trabajo, como actualización, reciclaje con perspectivas de futuro predecible, con la flexibilidad que permite adaptaciones a los cambios y menos como entrenamientos mecánicos y limitados. Y es probable que, en alguna medida, sea necesaria una orientación profesional para proponer la formación más pertinente en cada caso. Aunque, por supuesto, los aciertos son más significativos para la situación de desempleo. Nada puede ser equitativo e incluso eficaz social y económicamente si está privatizado y desregulado. Porque se actúa en función de intereses concretos, para obtener beneficios, se ofertan las acciones disponibles o baratas en lugar de las adecuadas (pertinencia + calidad) Como en otros servicios públicos, si se privatizan los objetivos se desvirtúan, más flagrante en cuanto se trata de las personas más vulnerables en el desempleo o muchas veces sin participación de la representación sindical en las empresas.

La orientación profesional es un derecho a desarrollar mediante políticas públicas, con principios de equidad y justicia social, mediante actuaciones integrales

En ese artículo de la orientación profesional en tiempo de incertidumbre, con respecto a la posibilidad de orientación para un empleo concreto, decía: “En la actualidad casi resulta una utopía, incluso Mira i López [iii] en los años 50 criticaba el ideal tayloriano: “the right man in the right place” o el “the best man in the every place” de las concepciones de “capital humano”, porque su visión social lo lleva a proponer la inversa: el mejor trabajo para cada persona. Para nosotros la orientación se transforma en un derecho ligado al aprendizaje permanente y a la empleabilidad.” De ahí la importancia de considerar perfiles profesionales, ampliando las perspectivas de empleabilidad, cuando la especialización suele ser necesaria sólo en las altas cualificaciones de algunas áreas profesionales.

Para no extender demasiado estas líneas, podríamos resumir las ideas claves: la orientación profesional es un derecho a desarrollar mediante políticas públicas, con principios de equidad y justicia social, mediante actuaciones integrales, contextualizadas, con principios de viabilidad, a lo largo de toda la vida y para el desarrollo profesional. Implementando otras acciones para la inserción laboral, la búsqueda de empleo en un marco de un sistema integrado de información y orientación profesional que propone nuestra ley orgánica 5/2002 en su origen.[iv] Pero, la crisis y la austeridad condicionan su desarrollo y se modifica para incorporar “otras entidades” en la tramposa ley de economía sostenible en una disposición final en 2011, contribuyendo a las posibilidades máximas de privatización que se desarrollan en las normativas desreguladoras del PP a partir de 2012. Ahora, que van a negociarse varios capítulos relacionados con la formación profesional, esperemos que las propuestas del ministerio o las modificaciones producto del diálogo social permitan implantar un modelo público de orientación profesional, que responda de forma integral a las reales necesidades de los trabajadores y las trabajadoras, con o sin empleo. Las relaciones entre orientación y FP, que corresponden al sistema educativo, lo trataremos en otro artículo


[i] El Catálogo se inicia en 2003; la formación para el empleo (continua + ocupacional) en 2007; los Certificados de Profesionalidad en 2008, los títulos LOE a partir de 2006

[ii] Acosta Pérez, E (2013): La orientación profesional en tiempos de incertidumbre. Revista de Estudios nº 50. Fundación 1º de Mayo.

[iii] Emilio Mira i López (1959): La orientación profesional.  Kapeluz. Buenos Aires. (republicano exiliado en varios países latinoamericanos, reconocido como autoridad internacional; primera cátedra de psiquiatría de España en 1933 en la UAB, creador del Instituto Psicotécnico antes de la República y “Durante la guerra civil  española fue director del Instituto de Adaptación Profesional de la Mujer, dependiente de la Generalitat de Catalunya y en 1938 fue nombrado por el Ministerio de Defensa Nacional  Jefe de los Servicios Psiquiátricos del Ejército de la República Española.”

[iv] Ver Artículo 1. Finalidad de la Ley. Y el TÍTULO III Información y orientación profesional.  Artículo 14. Finalidad. En el marco del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional la información y orientación profesional tendrá la finalidad de: 1. Informar sobre las oportunidades de acceso al empleo, las posibilidades de adquisición, evaluación y acreditación de competencias y cualificaciones profesionales y del progreso en las mismas a lo largo de toda la vida. 2. Informar y asesorar sobre las diversas ofertas de formación y los posibles itinerarios formativos para facilitar la inserción y reinserción laborales, así como la movilidad profesional en el mercado de trabajo.(2002)

Las políticas públicas de orientación profesional: asignatura pendiente y privatización