viernes. 29.03.2024
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"La fórmula política de conceder indultos a solicitud de confradías católicas es un disparate ancestral y una grave vulneración de la no confesionalidad del Estado que proclama la Constitución de 1978"

Una año más y sin que ninguna ley obligue a ello, el Gobierno ha concedido la “prerrogativa de gracia” a presos, a solicitud de cofradías y hermandades católicas.

Es una “costumbre” ancestral y confesional que han “seguido” -cada año-  todos los Gobiernos de la democracia, sin tener en cuenta la vulneración de, al menos, tres principios constitucionales.

Este año han sido 19 los indultados a petición de, por ejemplo, la hermandad de Jesús Cautivo de Oviedo, la cofradía del Cristo de la Buena Muerte de Valencia o la hermandad de nuestra señora del Rosario Doloroso de Sevilla…entre otras. Los indultos concedidos en la festividad católica de la “semana santa” favorecen a presos con delitos menores, que luego “participan” en las procesiones de las cofradías y hermandades que han solicitado la medida de gracia a su favor, vulnerando el “derecho a la libertad de conciencia”.

Estos indultos privilegian a los devotos y a las entidades de una determinada doctrina religiosa (la católica) que, con ello, gozan de unos “derechos” diferentes al resto de la ciudadanía. Principio constitucional que se vulnera: “Todos somos iguales ante la ley”.

El Observatorio de la Laicidad, con sede en Granada, recuerda cada año que estas medidas de gracia "responden” a privilegios otorgados, que vienen del siglo XVIII durante el Antiguo Régimen. Este privilegio por el que se otorga a entidades religiosas esta posibilidad, con independencia de la tramitación legal que regula el indulto, a la vez que lo consideramos un disparate político y jurídico, no respeta la neutralidad del Estado en materia religiosa: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”.

El Gobierno ha concedido indultos religiosos a presos a solicitud de cofradías católicas