martes. 16.04.2024
Depresión

Ha sido un proceso largo, duro y laborioso ya que se trata de una enfermedad difícil de demostrar con criterios objetivos, pero finalmente, el empeño y la constancia han dado sus frutos.

A.B. ocupaba un puesto importante en una empresa del sector industrial. Sus migrañas le obligaban cada año a padecer procesos de incapacidad temporal de larga duración, bajas médicas que se prolongaban en el tiempo y le impedían desarrollar sus funciones. En 2010, tras uno de esos procesos, solicitó por primera vez la incapacidad permanente, pero le fue denedgada.

El proceso se repitió en 2011 pero el Juzgado de lo Social lo desestimó. Lo mismo ocurrió en 2012, momento en que el trabajador decidió acudir al sindicato para llevar su caso a través de los servicios jurídicos de CCOO. En ese momento, la Sala de lo Social determinó que no estaba claro que el demandante padeciese las migrañas todos los días al año y que, lo que correspondía era que se acogiese a las incapacidades temporales cuando tuviese uno de esos episocios.

En 2013 y 2014, tras otros dos procesos de bajas de larga duración, se volvió a solicitar la incapacidad permanente y en ambos casos volvió a ser denegada. Fue en ese mismo momento en el que la empresa entró en concurso de acreedores y el trabajador perdió su puesto de trabajo. Desde entonces agotó el paro y las ayudas sociales y se quedó sin ingresos, en una difícil situación económica.

Sin recursos y sin capacidad para trabajar por las fuertes migrañas, la situación se tornaba cada vez más complicada. Pero, a pesar de todas las trabas, ni él ni los abogados de CCOO desistieron

Se inició entonces el último proceso judicial. En esta ocasión, a diferencia de los anteriores, no pudo presentarse un informe pericial, porque el trabajador no contaba ya con medios económicos para costearlo. Tras una dura lucha, se consiguió que el Juzgado concediese la realización de un informe por parte del médico forense que, en un primer momento, emitió un informe sin siquiera ver al paciente, basándose únicamente en las apreciaciones del juez.

Ese informe fue de nuevo recurrido y el forense acabó realizando un segundo informe, tras estudiar al paciente y teniendo en cuenta todos los documentos del neurólogo que le había seguido durante todo el proceso. A través de estas nuevas pruebas que dejan claro que ninguno de los tratamientos médicos ha obtenido resultado, la juez ha determinado que no existe capacidad alguna para trabajar y ha decretado por tanto la incapacidad permanente absoluta.

Reconoce en su escrito que el demandante padece “migrañas crónicas de larga evolución, con crisis de cefalea diaria que le exigen permanecer en inactividad 3-4 horas, persistiendo ecos del dolor que se agravan con el ejercicio físico leve (…) y que su capacidad residual de trabajo no le permite dedicarse a ningún tipo de trabajo en un sentido profesional”.

Sin duda, un importante éxito ya que se trata de un caso muy atípico. Hasta ahora, las migrañas habían sido en otros casos una parte de la enfermedad pero nunca la causa única de la incapacidad definitiva. La dificultad para demostrar una enfermedad que no se puede demostrar, ha sido una importante barrera pero no ha impedido conseguir el justo triunfo.

Incapacidad absoluta por migrañas