viernes. 29.03.2024
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Rajoy y Zapatero en el Congreso. (Imagen de archivo)

¿Se atreverá algún partido a proponer seriamente pasar la guadaña por los pinchos más espinosos de lo que hoy tenemos en la carta magna?

El 27 de septiembre pasará a la historia de los avatares de la Constitución Española de 1978 como el aniversario de la fatídica fecha en que el Boletín Oficial del Estado publicó y entró en vigor la malhadada reforma de su artículo 135. No está de más recordar la polvareda que levantaron los malos modos y subterfugios de que se valieron Rodríguez Zapatero y el principal partido de la oposición, con Rajoy frotándose las manos de gusto. Y, de paso, conviene dar un toque de atención sobre la necesidad de que las aguas vuelvan a su cauce normal. ¡A ver quién pone el cascabel al gato!

Corría el 23 de agosto de 2011. Estaba a punto de cerrarse la IX legislatura. Zapatero había avisado el 28 de julio del adelanto de las elecciones generales, que se celebraron el 20 de noviembre, siendo del dominio público que él no volvería a presentarse como candidato a la Moncloa por el PSOE. Había endosado a Alfredo Pérez Rubalcaba la ingrata tarea de cargar sobre sus espaldas con la responsabilidad de un resultado electoral al que, para que fuera absolutamente imposible de levantar la carga, sólo le faltaba la reforma del artículo 135 de la Constitución. Se había convocado un pleno extraordinario del congreso de los Diputados para “convalidar o derogar el Real Decreto-Ley 9/2001, de 19 de agosto, de medidas para la mejora de la calidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud, de contribución a la consolidación fiscal, y de elevación del importe máximo de los avales del Estado para 2011”. Como puede comprobarse, la habilidad ocultista de quien se encarga de la redacción o imposición del orden del día de las sesiones del Congreso no tiene parangón. Fue durante la exposición y defensa del contenido del Real Decreto-Ley cuando Rodríguez Zapatero sacó una vez más un conejo de la chistera y anunció su propósito de reformar la Constitución, para establecer una regla que garantizara la estabilidad presupuestaria en el medio y largo plazo, en relación tanto con el déficit estructural como con la deuda, que vinculara a todas las administraciones públicas, a partir de una iniciativa parlamentaria. Admitió que ya había consultado la posibilidad de formalizar esta iniciativa con el líder del principal partido de la oposición y con el candidato socialista a la presidencia del Gobierno. Invitaba a presentar una proposición de ley de reforma de la Constitución, que pudiera ser aprobada de inmediato. Según posteriores declaraciones de Pérez Rubalcaba, lo que Rodríguez Zapatero le comunicó fue el hecho consumado del pacto alcanzado con Rajoy. Hubo quien interpretó que, por fin, se desvelaba el misterio de las medidas excepcionales que se adoptarían en agosto, según la mención de la carta de Zapatero, de 6 de agosto de 2011, a Trichet, en rápida respuesta a la que éste y el Gobernador del Banco de España le habían remitido el día antes. 

Para cambiar a fondo la redacción del artículo 135 de la Constitución, se eligió la vía del artículo 167 de la Carta básica. Por tanto, bastaría con que tres quintos de cada una de las Cámaras aprobara la reforma, mayoría que aseguraban el PSOE y el PP. Para someterla a referendo, una vez aprobada por las Cortes Generales, deberían solicitarlo una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras, porcentaje de firmas que no reunieron los oponentes. El 26 de agosto de 2011, los Grupos Parlamentarios Socialista y Popular en el Congreso presentaron conjuntamente la Proposición de Ley de reforma del artículo 135 de la Constitución, solicitando su tramitación por el procedimiento de urgencia y su aprobación en lectura única, como así se hizo. No se consultó al Consejo de Estado. De los 350 diputados, sólo 5 votaron en contra y 29 se ausentaron a la hora de la votación, como forma de dejar claro su desacuerdo. En el Senado, los votos en contra fueron 3 y las ausencias 25, de un total de 264 senadores. El 27 de septiembre de 2011, el Boletín Oficial del Estado publicó el texto de la reforma, que entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOE. Al día siguiente, 28 de septiembre, Gaspar Llamazares y Nuria Buenaventura presentaron recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que, en un alarde de rapidez, el 13 de enero de 2012 resolvió, mediante el Auto 9/2012, no admitir el recurso, sin entrar en fondo del problema dictando una sentencia. 

Las votaciones en la Cortes Generales, amarradas por la disciplina de voto, no dan una idea, ni por asomo, de las tensiones que rodearon esta reforma de la Constitución. Por lo que se refiere al contenido, la parte más insólita es la promesa de que el pago de los intereses y el capital de la deuda pública gozarán de prioridad absoluta. No hay precedentes de algo parecido en el mundo mundial, porque ni siquiera puede traerse a colación la enmienda XIV a la Constitución de los EE. UU., de 1868, introducida para obligar a los Estados del sur al pago de las deudas contraídas con motivo de la guerra de secesión. El Estado del Bienestar cede por completo su espacio a los mercados. De poco sirve un impreciso párrafo, en virtud del cual los límites del déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo, y subrayo el sólo, podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados. La prioridad es la atención a los intereses del gran capital. El sometimiento de todas las administraciones públicas al principio de estabilidad presupuestaria y a los límites del déficit estructural que se establezca no fue del gusto de las comunidades autónomas, celosas de su autonomía. Pero las Entidades Locales salen peor paradas, pues deberán presentar equilibrio presupuestario sin rechistar.

Lo que armó la marimorena fue la cerrazón a admitir que la reforma se sometiera a referendo. Es muy probable que no hubiera superado esta prueba. Por eso se eligió la vía y se aplicaron a rajatabla las previsiones del artículo 167 de la Constitución.

Lo que vaya a ocurrir con el reformado artículo 135 de la Constitución, en su redacción actual, es una de las claves para entender lo que puede ser el futuro de la política, la sociedad y la economía españolas. ¿Se atreverá algún partido a proponer seriamente pasar la guadaña por los pinchos más espinosos de lo que hoy tenemos en la carta magna? El que fuera secretario general del PSOE, Alfredo Pérez Rubalcaba, reconoció más tarde que el PSOE se equivocó cuando promovió la reforma. Pero fue un arrepentimiento tardío, casi de negociador derrotado, incapaz de hacer retroceder a Rodríguez Zapatero y, mucho menos, a Rajoy y a sus populares. Con el paso del tiempo, en declaraciones públicas, ha dejado caer que votó a favor por lealtad a Rodríguez Zapatero y para evitar la posible ruptura del grupo parlamentario del PSOE a la hora de votar, porque, con su crítica abierta,  una parte importante de los diputados socialistas se habría atrevido a oponerse a la reforma. La postura del actual secretario general de este partido, Pedro Sánchez, que ya apuntaba maneras, es más alambicada. El 3 de septiembre de 2011, se aprestó a defender la reforma, porque, con ella, “reforzamos el compromiso del Estado con la estabilidad presupuestaria, cuestión que beneficia de forma clara a la economía española y a la catalana. La estabilidad no está reñida con la justicia social, al contrario, la alimenta, al garantizar la sostenibilidad del Estado del Bienestar” (“Estabilidad y justicia social”, artículo publicado en EL PERIÓDICO, 3 de septiembre de 2011).

Y votó con la mayoría. Pero luego se arrepintió, y después se desdijo, y luego donde dije digo digo diego. Durante la campaña de las primarias de 2014 para elegir secretario general del PSOE, José Antonio Pérez Tapia, uno de los socialistas díscolos que no votó la reforma del artículo 135, invitó a Pedro Sánchez a que siguiera su ejemplo, incluyendo en su programa como candidato el compromiso de revisar ese discutido artículo. Pero no se dio por aludido. Y después, ha seguido erre que erre, manteniéndose firme en su postura inicial. Luego, casi por sorpresa, el 24 de noviembre de 2014, Pedro Sánchez, en un acto de la Fundación Julián Besteiro, en vísperas de la votación de una proposición de ley de la Izquierda Plural, pidiendo la reforma de la Constitución, para que se diera prioridad a los servicios públicos, frente al pago de la deuda y de sus intereses, anunció que votaría a favor de esta propuesta. Y avisó también de que, en caso de rechazo, en el siguiente período de sesiones, en febrero de 2015, presentaría en el Congreso de los Diputados su propuesta para blindar la defensa de los derechos sociales. Pero pasó febrero y no hubo nada: es un tema complicado. Mas no imposible, según el grupo de expertos al que encargó el estudio de la contrarreforma. Por algo sonrió Rodríguez Zapatero cuando se le preguntó por los avances de Pedro Sánchez contra el 135. De todos modos, en un documento oficial del PSOE, la Declaración de Granada, de 6 de julio de 2013, donde el partido se posiciona sobre un nuevo pacto territorial, se desliza una alusión sibilina, en el mejor estilo de Rubalcaba, su probable inspirador, a la necesidad de “incorporar (a la Constitución) como derechos fundamentales la protección social y la sanidad y para asegurar la garantía de los servicios sociales básicos, de la educación, la sanidad y las pensiones para todas las personas que viven en España y de dar cobertura constitucional a un Fondo de Garantía del Estado del Bienestar”.

El PP, al menos por el momento, se siente tranquilo y cómodo, aunque sólo sea porque las expectativas electorales no permiten augurar que se vaya a alcanzar a medio plazo una mayoría parlamentaria con fuerza suficiente como para mover la roca. Pero nunca se sabe, que los llamados populistas, bautizados así por los malintencionados, no más que porque dicen y prometen lo que el pueblo quiere escuchar, para que se cumplan y se lleven a cabo las promesas, a lo mejor terminan por dejar huella, como la soga que acaba marcando una señal en el brocal berroqueño del pozo, de tanto subir y bajar la herrada. ¿Cuánto tiempo requiere tan ardua tarea? ¿Años? ¿Meses? Lo que el pueblo soberano quiera o sea capaz de aguantar.

Contrarreforma del artículo 135 de la Constitución. Quién pone el cascabel al gato