viernes. 29.03.2024
parlamento europeo

La resolución aprobada insta a los Estados miembros a que pongan fin a cualquier practica religiosa o política que imponga restricciones a los derechos fundamentales, dé lugar a la opresión, incite a la violencia sexual y a otros delitos violentos graves o fomente el extremismo

El pasado 12 de diciembre el parlamento europeo resolvió aprobar una resolución en base a las conclusiones y recomendaciones de la Comisión Especial sobre Terrorismo, considerando que la seguridad de un Estado miembro supone la seguridad de todos los Estados de la Unión. Dicha resolución incluye más de 200 recomendaciones sobre distintos aspectos como la propaganda, la coordinación y cooperación, la víctimas del terrorismo, la prevención, la protección de infraestructuras críticas o la necesidad de controlar el tráfico ilegal de armas y explosivos.

Uno de los elementos mas interesantes es el que hace referencia a la radicalización donde se apela directamente a la necesidad de hacer frente al extremismo religioso, que no es si no el ecosistema donde prolifera el terrorismo de signo religioso. La resolución, como la mayoría de los documentos del parlamento de la Unión, parte de algunas consideraciones a modo de afirmaciones que son a su vez seguidas de diversas recomendaciones.

Así, el parlamento europeo considera que la literatura wahabi y salafista alimentada por la incitación al odio, predomina en determinados circuitos. Una doctrina, que en su versión globalizada y simplista del Islam rompe las prácticas de las comunidades musulmanas en Europa y contribuye a socavar su integración. Esta forma de extremismo tiene como aspiración el dominio de la religión en todas las esferas de la vida cuya consecuencia nos aboca a una forma de comunitarismo sensible a las acciones de los captadores yihadistas.

Además, considera plenamente documentados casos de numerosos predicadores radicales que incitan al odio en toda Europa. Predicadores que a menudo provienen de fuera de la Unión. A este debe sumársele el hecho que algunos lugares de culto reciben fondos opacos de terceros países, de los cuales muchos tienen regímenes autoritarios o religiosos que gobiernan ajenos a la práctica democrática, el Estado de Derecho o los derechos humanos. Un problema que se amplia a los centros de enseñanza religiosa autoproclamada que estaría propagando según la resolución “ideas extremistas” dentro de la UE. Un problema a considerar pues son los menores quienes pueden estar expuestos a contenidos contrarios a la democracia. Un contenido que podría incluso ser violento donde las organizaciones extremistas que captan terroristas estarían explotando las vulnerabilidades de estos jóvenes atrayéndolos con ofertas sociales culturales. Destaca además el deber de los Estados miembros de garantizar que todas las instituciones educativas impartan una educación conforme con el Convenio Europeo de Derechos Humanos mediante el control de los planes de estudios, inspecciones periódicas y sanciones por incumplimiento evitando que los fanáticos religiosos tengan acceso a la escuela.

Siendo estas sus consideraciones en materia de extremismo religioso y considerando que los Estados miembros siguen estando en primera línea para prevenir y responder a dichas amenazas dadas sus competencias soberanas, recomienda a los Estados miembros que garanticen la libertad religiosa y el derecho a ejercerla libremente de acuerdo con la Carta de Derechos Fundamentales, alentando y tolerando las prácticas religiosas que estén en plena conformidad con la democracia, ahora bien:

Pide a los Estados miembros que realicen evaluaciones previas de los clérigos y que incluyan en la lista negra, previo examen de cada caso, a los predicadores del odio. Pide a la Comisión que introduzca una lista de vigilancia de la Unión para un mejor intercambio de información sobre clérigos extremistas y ánima a los Estados miembros a que lleguen a una posición común y elaboren orientaciones para la evaluación de los mismos. Como elemento sustitutivo y dirigido a la prevención recomienda a los Estados miembros aumentar la oferta de oportunidades de educación superior para los clérigos en la Unión, acreditando únicamente los programas de educación teológica que respeten la democracia, el Estado de Derecho, los derechos humanos, la neutralidad y el laicismo democrático de los países europeos.

A fin de frenar la expansión de estos predicadores del odio, recomienda recurrir a las medidas jurídicas que sean necesarias, incluidas la denegación de visados o la expulsión del territorio de la Unión o para iniciar procedimientos judiciales contra los que realizasen proselitismo extremista y terrorista.

En el campo de los centro de culto, insta a los Estados miembros a que cierren lugares de culto y prohíban asociaciones que no respeten plenamente el Derecho nacional y de la Unión aplicable y que inciten a cometer delitos terroristas, al odio, la violencia o la discriminación.

Recomienda también a que se examine de que manera se puede garantizar que, los lugares de culto, educación y enseñanza religiosa, organizaciones benéficas, asociaciones culturales, fundaciones y entidades similares, puedan proporcionar detalles sobre la procedencia de sus fondos y su distribución, tanto dentro como fuera de Unión, registrándose en una base de datos centralizada aquellas entidades de las que se sospeche o existan motivos razonables para la sospecha en lo relativo a vínculos con grupos terroristas. A ellos habrá de sumarse la petición a los Estados miembros de prohibir la financiación procedente de terceros países que estén en contra de la democracia y los derechos humanos.

La resolución aprobada insta a los Estados miembros a que se muestren estrictos y que pongan fin, por todos los medios legales disponibles a cualquier practica religiosa o política que imponga restricciones a los derechos fundamentales, dé lugar a la opresión, incite a la violencia sexual y a otros delitos violentos graves o fomente el extremismo ya que tales practicas no esta amparadas por la libertad religiosa o la libertad de opinión. Claro que para todo esto y mas es necesario que los Estados miembros adopten unos marcos jurídicos inequívocos. Las derivas sectarias de corte extremista son inaceptables al ser una fuente de auto segregación y polarización. Son la representación más directa del oscurantismo religioso y hace tiempo que  se han configurado como parte del ecosistema donde sobrevive el yihadismo. La lucha contra la proliferación del extremismo es responsabilidad de cada Estado miembro, luego ¿cuando empezamos?

El Parlamento europeo contra el extremismo religioso