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NUEVATRIBUNA.ES / AGENCIAS 27.11.2009

Esta nueva normativa se aplicará en el interior de los edificios y locales climatizados destinados a usos administrativos, comerciales, culturales y de ocio, así como en estaciones de transporte, con el fin de reducir su consumo de energía.

El decreto surge a propuesta de los ministerios de Vivienda y de Industria, Turismo y Comercio, y tiene como objetivo elevar el ahorro energético en las grandes superficies y en los edificios públicos con afluencia habitual de un número elevado de personas.

Tanto en espacios calefactados como refrigerados, la humedad relativa deberá estar comprendida entre el 30% y el 70%. Además, con el fin de ahorrar energía, los edificios y locales con acceso desde la calle deberán disponer de un sistema de cierre de puertas que impidan que éstas permanezcan abiertas permanentemente.

El Gobierno considera que la aprobación de esta medida estimulará las iniciativas institucionales y empresariales encaminadas al ahorro y a la eficiencia energética y, además, incentivará la entrada en los mercados de las empresas de servicios energéticos.

CINES, BARES Y RESTAURANTES

Entre los edificios de usos comerciales afectados por la normativa figuran supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares, mientras que entre los culturales aparecen teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y otros. Otros espacios públicos afectados serán bares, restaurantes y cafeterías.

Como parte de la estrategia de ahorro y eficiencia energética, el plan del Gobierno sobre la materia para el periodo 2008-2011 contiene 31 medidas que buscan un uso más racional de la energía, entre las que figuran la obligación de limitar las temperaturas en el interior de los edificios y locales climatizados destinados a usos administrativos, comerciales, culturales y otros.

ESTRATEGIA DE AHORRO Y EFICIENCIA

Además, esta estrategia contempla la exhibición de la gama de temperaturas interiores registradas en los recintos de los edificios y locales que son frecuentados habitualmente por un número importante de personas o tienen una superficie superior a 1.000 metros cuadrados.

La adopción de estas medidas obliga a que se realice una modificación de determinados preceptos del RITE, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, y en concreto de su Instrucción Técnica IT-3 dedicada al mantenimiento y uso de estas instalaciones, lo que se realiza mediante el real decreto aprobado este viernes.

El Gobierno limita la temperatura en cines, bares y restaurantes