viernes. 29.03.2024
crue

El abogado del TJUE y la CE consideran que no pueden proseguir las ejecuciones iniciadas en base a cláusulas de vencimiento abusivas

El abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea vuelve a sacar los colores a la justicia española y a la banca en la presentación de sus conclusiones sobre cinco casos en que los tribunales españoles preguntaban cómo actuar en caso de ser considerada abusiva la cláusula de vencimiento anticipado. 

Uno de los tribunales que precisamente planteó una cuestión prejudicial al TJUE fue el propio Tribunal Supremo que en su día dio una de cal y otra de arena al examinar el vencimiento anticipado. El TS declaró nula por abusiva la cláusula pero limitó los efectos de esa nulidad, como ya hizo en su día con las cláusulas suelo, permitiendo que la banca pudiera declarar vencidos los préstamos e iniciar los desahucios en caso de tres impagos, en base al artículo 693.2 de la LEC.

La proposición de Ley de Transparencia en la contratación masiva, en tramitación en el Congreso e impulsada por la asociación de usuarios de bancos y cajas de España, daría respuesta eficaz a controversias como la abordada por el TJUE. 

El proyecto de ley de Crédito inmobiliario trata de legitimar esta "práctica abusiva mediante la sustitución por una nueva condición, algo que ha condenado la justicia europea. Además lo hace con porcentajes insignificantes: nueve impagos o el 2% del total del préstamo", esgrimen desde Adicae.

Desde la asociación proponen "un aumento razonable de estos porcentajes que nos ponga en sintonía con los países europeos de nuestro entorno: un 10% del valor del préstamo para impagos que se produzcan en la primera parte de la duración préstamo, y un 12% del valor del préstamo para impagos que se produzcan en la segunda parte del mismo".

Europa abre la puerta a corregir otro abuso de la banca en España