viernes. 19.04.2024
huelga
Foto: Twitter del Sindicato de la Telecomunicaciones

La Audiencia Nacional declara que ha sido vulnerado el derecho de huelga y de libertad sindical porque la actividad durante los días de huelga, se haya sustituido por trabajadores de contratas

El pasado 20 de noviembre la sala social de Audiencia Nacional en Madrid fallo sentencia a favor del Sindicato de la Telecomunicaciones en la demanda que interpusieron contra Ericsson España, Ericsson Network Services y Excellence Field Factory por vulneración del derecho de huelga del colectivo de trabajadores de FLM, imponiendo a las demandadas a una multa a favor de los demandantes. Ericsson Network Service y Excellence Field Factory son filiales del grupo sueco. La Audiencia Nacional ha sentenciado que Ericsson ha vulnerado el derecho de huelga y libertad sindical, y ha quedado probado que estos trabajadores que hicieron huelga fueron sustituidos esos días por subcontratas y por trabajadores de otros departamentos de Ericsson en España.

El colectivo FLM que se encarga de contratos de operación y mantenimiento para el grupo Orange y Masmovil entre otros, fue traspasado el pasado 1 de mayo a la empresa Excellence Field Factory, y un mes más tarde el pasado 1 de junio, y como parte del colectivo Excellence Field Factory fueron adquiridos por el grupo Ezentis.

Los trabajadores pertenecientes al colectivo FLM plantearon una huelga indefinida el pasado 7 de Mayo como protesta por su traspaso a Excellence Field Factory, filial del grupo sueco.

La sentencia incide sobre la violación del derecho de huelga y de libertad sindical. La Audiencia Nacional declara que ha sido vulnerado el derecho de huelga y de libertad sindical porque la actividad durante los días de huelga, se haya sustituido las actividades de los trabajadores en huelga y se hayan desempeñado trabajos que deberían ser atendidos con personal propio de Ericsson por trabajadores de contratas, es contraria al derecho de huelga.

Desde el Sindicato de la Telecomunicaciones valoran como un hecho "muy grave que la dirección de Ericsson España siga traspasando la frontera de lo que son los derechos laborales básicos, y la libertad que tiene el trabajador para ejercerlos". El derecho a huelga es un derecho fundamental, que la compañía ha vulnerado. En este tipo de sentencias, lo fundamental no es la multa que se le pone la empresa, que es una anécdota para los recursos de la propia compañía, lo relevante de esta sentencia es que Ericsson debe respetar este derecho.

Existe una gran preocupación en este sindicato por las políticas de gestión de personal de la dirección de la empresa, que ya inclusive vulnera la ley para sacar adelante sus objetivos de desprenderse de trabajadores. 

Ericsson España vulneró el derecho de huelga y la libertad sindical de sus trabajadores...