martes. 19.03.2024
Inspección-Trabajo-Sevilla

El sindicato reitera la urgencia de reforzar las plantillas y medios de la Inspección de Trabajo, ya que su actividad es una necesidad incuestionable en un maltrecho mercado laboral, donde las irregularidades en el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de muchas empresas, son manifiestas

El sindicato considera imprescindible esta colaboración para garantizar el cumplimiento de la legislación vigente y de las obligaciones contractuales de las empresas, especialmente en los sectores donde existen más altos niveles de temporalidad, precariedad y riesgos para la salud. Además, para CCOO es urgente reforzar las plantillas y medios de la Inspección de Trabajo.

Hace unos días se celebró en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social el XV Plenario de la Comisión Consultiva Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, órgano en el que participan los agentes sociales. En la reunión, la ITSS presentó un amplio resumen de los resultados de la labor inspectora en el 2015 y primeros meses del 2016 por materias: afloramiento de empleo, conversión de contratos… y los datos sobre infracciones, expedientes, sanciones. También, aunque de manera muy somera se presentó una aproximación a la programación prevista para el 2017, señalando los temas pendientes tras la aprobación de la nueva ley ordenadora de la ITSS.

CCOO presentó las propuestas de actuación que considera necesario que la ITSS incluya en su Plan Integrado para el próximo año, bien como campañas específicas o como reforzamiento de actuaciones habituales o incluyendo la supervisión de determinadas materias en campañas sectoriales. Estas propuestas se resumen en los siguientes enunciados:

1.- Empresas multiservicios: Se solicita, entre otras cuestiones, la investigación y sanción de la cesión e ilegal de trabajadores; la detección y sanción del incumplimiento de la normativa legal y de los convenios colectivos de aplicación en relación a las condiciones laborales (salarios, jornada laboral, etc.); una evaluación de la corrección en la prevención de riesgos laborales; la detección y sanción de posibles irregularidades en la constitución de la comisión negociadora de los convenios de empresas multiservicios; la exigencia de la aplicación del convenio sectorial de referencia en las empresas cuyo convenio colectivo propio haya sido anulado por sentencia judicial.

2.- Planes de Igualdad: Verificación, y sanción cuando corresponda, del cumplimiento de la obligación legal de disponer de un plan de igualdad en empresas de más de 250 trabajadores/as, realizado en los términos que la ley de igualdad establece; control de los Planes de igualdad firmados, en relación a su efectivo cumplimiento, eficacia de las medidas adoptadas, mantenimiento de la vigencia, etc.

3.- Empresas contratistas de los operadores telefónicos: detección y sanción de las prácticas empresariales de cesión ilegal de trabajadores y la falta de altas y cotización en el régimen general de la Seguridad Social (falsos autónomos).

4.- Sistema Especial Agrario de la Seguridad Social: reforzar la labor inspectora en el sector agrario, especialmente en lo concerniente a la declaración de las jornadas reales que efectivamente se realizan, así como respecto del conjunto de cuestiones que se encuentran asociadas a dicha actividad (cotización por salarios reales, cumplimiento de la legislación en materia de salud laboral, etc.)

5.- Prevención de riesgos laborales durante el embarazo y la lactancia natural: comprobar que las evaluaciones de riesgos contienen los puestos de trabajo “exentos de riesgo” a los que destinar a las trabajadoras en situación de embarazo; actuar con prontitud ante posibles contradicciones entre la interpretación del riesgo por la mutua y por el servicio de prevención; garantizar que la prestación protege las situaciones merecedoras de la cobertura y que no existe un uso indebido de la misma, exigiendo la adaptación del puesto de trabajo cuando ello es posible o, en caso contrario, el cambio a un puesto exento de riesgo.

6.- Contact Center: garantizar el derecho a la información de la RLT en aplicación del Art. 64 del ET; control de las jornadas y horas de trabajo efectivamente trabajadas; cumplimiento del periodo de preaviso en el establecimiento de horarios y turnos de trabajo; medidas de evaluación, prevención y eliminación de riesgos para la salud (psicosociales, ambientales, físicos,…).

7.- Riesgos psicosociales, sería ésta una campaña transversal en la que, básicamente, se pide una comprobación de que en la evaluación de riesgos han sido considerados también los psicosociales, que la RLT ha participado en el proceso de evaluación, que se ha utilizado una metodología adecuada a tal fin, y que se aplican en las empresas las medidas preventivas propuestas.

El sindicato reitera la urgencia de reforzar las plantillas y medios de la Inspección de Trabajo, ya que su actividad es una necesidad incuestionable en un maltrecho mercado laboral, donde las irregularidades en el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de muchas empresas, son manifiestas.

Valora, asimismo, el afloramiento del empleo sumergido y las conversiones de contratos irregulares en indefinidos que la labor inspectora realiza, aunque estas actuaciones siguen siendo insuficientes para el alto nivel de irregularidad en la contratación que existe en el mercado laboral. Igualmente desde Comisiones Obreras consideran insuficientes los requerimientos y sanciones realizadas en 2015 y en 2016 en relación a otras materias objeto de seguimiento por la Inspección, como los incumplimientos en materia de igualdad y no discriminación en el trabajo, en un contexto donde las desigualdades y la brecha salarial de género se han incrementado con la crisis económica.

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