viernes. 19.04.2024
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En la Comunidad de Madrid desde que se aprobara la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, ya se han superado los dos millones de accidentes de trabajo con baja.

La situación de la siniestralidad laboral en Madrid, a pesar de ser la Comunidad Autónoma con menor Índice de Incidencia, es preocupante, ya que en 2015 cada día se produjeron 222 accidentes laborales; hubo un accidente de trabajo grave casi a diario y cada 4 días falleció un trabajador como consecuencia de su trabajo. En 2016 la situación está empeorando.

En cuanto a las enfermedades profesionales para UGT-Madrid urge abordar el grave problema que suponen las enfermedades profesionales. Madrid, es de las CCAA que menos enfermedad profesional declara, y no es porque estemos más sanos que el resto de españoles, sino porque existe un subregistro y una infranotificación claro de enfermedades profesionales.

Las empresas deben cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y la Administración debe desarrollar actuaciones encaminadas a la reducción de la siniestralidad. De hecho la Inspección de Trabajo y Seguridad Social desde el año 2010 hasta 2015 ha reducido el número de actuaciones en esta materia (el año 2010 se realizaron 23451 actuaciones en la materia frente a 7861 en 2014, un -66%).  Es fundamental que se incremente el número de inspectores de trabajo y se equipare a la media europea.

Las mujeres se han incorporado en el mercado laboral, pero aún existen grandes diferencias entre mujeres y hombres referidas a ocupación, sectores, al número de trabajadores, a las actividades, puestos de trabajo que ocupa, condiciones laborales, salariales, y todo esto afecta en la actuación preventiva y genera efectos sobre la salud.

La desigualdad ha generado perfiles de riesgo diferentes: en los sectores masculinizados predominan los accidentes de trabajo, y la exposición a riesgos químicos y físicos. Mientras en los feminizados se caracterizan los movimientos repetitivos, posturas forzadas, que tienen otro tipo de impacto. Por tanto la segregación laboral da lugar a exposiciones a diferentes tipos de riesgo.

El reparto desigual de las labores de cuidado de familiares y las tareas domésticas no remuneradas entre las mujeres y los hombres, es un punto a tener muy en cuenta cuando hablamos de las desigualdades de género en el trabajo.

A su vez, la división del trabajo en el ámbito laboral y familiar (trabajo remunerado y no remunerado) junto con los roles asociados a cada género influyen en la salud y seguridad de las mujeres y hombres.  Existen riesgos para la salud derivados de los roles que las mujeres tienen asignados: la doble carga de trabajo laboral/familiar, el acoso, la discriminación… y todos ellos repercuten en la salud.

Para UGT Madrid no cabe duda que las condiciones de trabajo y especialmente la situación del empleo femenino tiene una relación directa con los riesgos laborales

Algunos aspectos que caracterizan el empleo de la mujer:

  • Tan sólo el 39% de total de contratos a jornada completa se ha realizado a mujeres, 49.632, frente a 78.538 hombres contratados.
  • Las mujeres suponen el 54% del total de personas asalariadas que trabajan a tiempo parcial, 53.516 frente a 45.055 realizados a hombres. Por lo que el trabajo a tiempo parcial en nuestro país sigue teniendo rostro de mujer.
  • Estas diferencias se explican por qué el 28% de mujeres tiene jornadas de menos de 35 horas/semana mientras que un 28,5% de hombres tiene largas jornadas de más de 40 horas/semana.
  • Esto ha derivado en un incremento en la desigualdad de género en el ámbito social y salarial. Brecha salarial, precariedad contractual, menor protección social, Infra representación en la toma de decisiones. Estas consecuencias junto a los recortes existentes en los servicios públicos, educación, sanidad, dependencia, así como la reducción de la inversión en investigación y en prevención de riesgos laborales han perjudicado el avance en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
  • En Madrid, las mujeres sufren una brecha salarial del 26,26% respecto de los hombres. Lo que se traslada a las prestaciones por desempleo (12,25%) y más acusado aún a las pensiones de jubilación, un 31,81%
  • Es importante tener en cuenta la brecha de género, refiriéndonos a la jornada laboral y a salarios. La interacción entre la jornada laboral, el tiempo dedicado a los desplazamientos y el trabajo no remunerado (vinculado principalmente al cuidado de los hijos y de otras personas a cargo), demuestra que las mujeres tienen jornadas más prolongadas.
  • Es mayor el desempleo femenino que el masculino.
  • El número de contratos a tiempo parcial es mayor en mujeres.
  • Las mujeres siguen siendo mayoría en el acceso a permisos para el cuidado de hijos e hijas y otros familiares.

Ya hemos mencionado que la siniestralidad laboral en la Comunidad ha venido disminuyendo hasta 2014, tanto en valores absolutos como en índices de incidencias, excepto en 2014 y 2015 que se han incrementado. Sin embargo si nos fijamos en la evolución de los índices de incidencia por sexo, vemos que en hombres el incide de incidencia ha disminuido casi 11 puntos, sin embargo en mujeres este descenso ha sido menor ya que ha sido de 4 puntos.

Sin embargo merece destacar los accidentes in itinere que desde 2010 y hasta la actualidad vienen siendo más en mujeres que en hombres.

Se han producido un total de 84.903 accidentes in itinere en el periodo 2010-2015, de los que 34.115 han sido de hombres y 50.788  de mujeres, un 59,82% del total. Vemos como a lo largo de estos seis años, siempre y cada año la siniestralidad in itinere en mujeres ha sido superior a la de los hombres, al contrario que sucede en los accidentes en jornada donde los hombres son los que más se accidentan.

Por gravedad de la lesión las trabajadoras han experimentado un incremento del total de accidentes de trabajo leves, del total de accidentes en jornada y de los accidentes in itinere desde 2013.

Por sectores, el que mayor número de total de accidentes de trabajo declara vuelve a ser el sector servicios, con 218 trabajadoras accidentadas.

Los accidentes mortales en jornada de trabajo vemos como es el sector servicios en el único en el que se producen, 24 trabajadoras fallecieron en el periodo 2010/2015. Destacar que se produce un incremento preocupante en el 2015 respecto de cualquier año anterior, 8 trabajadoras perdieron la vida frente a 3 en 2014, lo que supone que fallecieron 5 mujeres más.

UGT considera imprescindible analizar las condiciones de trabajo, los riesgos, la exposición y la salud, incorporando la mirada de género, y actuar frente a las desigualdades que se detectan es la única manera de avanzar en el derecho a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y en la mejora de las condiciones de trabajo y salud de las mujeres

Por todo ello, al tratar los riesgos de la mujer trabajadora, resulta imprescindible hacer una evaluación de riesgos incorporando el enfoque de género. Los principales riesgos que se dan en la mujer trabajadora son:

  • Riesgos ergonómicos. Los trastornos músculo-esqueléticos y la organización del trabajo

Los trastornos músculo-esqueléticos representan uno de los problemas de salud más importantes para las mujeres, ya que se encuentran entre las principales dificultades más comunes así como de los casos de enfermedad profesional, con la problemática añadida de su reconocimiento. Dolores de espalda; dolores musculares en hombros y cuello, dolores musculares en miembros superiores, en miembros inferiores, lesiones  son ejemplos.

Principalmente son debidos  fundamentalmente a:

  • Las mujeres normalmente tienen trabajos en los que se demandan movimientos repetitivos de miembros superiores a ritmo rápido, posiciones forzadas de cuello para percibir detalles, posturas estáticas sentadas o de pie sin prácticamente movilidad.
  • Algunos trabajos de mujeres también solicitan un trabajo muscular como levantamiento de pesos (camareras de piso, escuelas infantiles, residencias tercera edad…).
  • El trabajo estático afecta a las mujeres, sobre todo porque se da en la administración pública y oficinas. 
  • Sucede también que la estatura media de la mujer es menor que la del hombre. Los miembros superiores más cortos, masa muscular y fuerza menor. Los puestos de trabajo normalmente se diseñan para hombres, estas cuestionen hacen que las mujeres tengan más problemas ergonómicos.
  • Las responsabilidades familiares también aumentan el riesgo de trastornos músculo esqueléticos, ya que se combina el trabajo asalariado con el domestico y  emplean muchas más horas que los hombres
  • La relación de los trastornos músculo esqueléticos con la aparición de patologías psicosociales o de organización del trabajo como la fatiga, el ritmo, la falta de descansos y pausas, movimientos repetitivos, falta de autonomía…etc. aumentan la aparición de trastornos músculo esqueléticos.
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  • Riesgos Psicosociales

En cuanto a los riesgos psicosociales, si se considera el sexo, es destacable que las mujeres señalan ser objeto de agresiones verbales, rumores o aislamiento social en un 8% frente al 6,7% de los hombres. Además, las mujeres señalan ser objeto de discriminación sexual o discriminación por razón de género en un 1,2% frente al 0,1% indicado por los hombres.

Además la desigualdad del mercado laboral y la doble presencia, que genera estrés y ansiedad entre otros, son factores claros del incremento del riesgo psicosocial.

Se suelen producir en sectores  como la educación, los servicios sociales y la asistencia sanitaria, es decir, sectores con fuerte presencia femenina.

  • Violencia en el trabajo

La ansiedad, depresión y el estrés que la violencia en el trabajo provoca en las personas, en la mayor parte de los casos produce la necesidad de solicitar bajas por enfermedad, y abandonar el puesto de trabajo, ante la impotencia de no poder afrontar el problema o derivar en despido por negarse o evitar someterse a cualquier tipo de violencia.

  • Acoso Laboral

El acoso laboral es un problema que afecta a trabajadoras y a trabajadores. Sin embargo, las mujeres son quienes se encuentran más desprotegidas debido a  su menor presencia y a su posición en el ámbito laboral (menores niveles salariares en trabajos similares, acceso a puestos de trabajo de nivel inferior, mayor temporalidad en sus contratos, …).

La inestabilidad e inseguridad laboral, y la discriminación laboral respecto a jornadas, sueldos, puestos de trabajo, están muy relacionados con el acoso laboral.

  • El acoso sexual

Cualquier acto o comportamiento no deseado por la víctima (mujer u hombre), tanto de carácter físico, verbal o no verbal (palabras, gestos, actitudes o actos concretos) que puede provenir bien del empresario/a, o de los trabajadores/as, ya sean superiores o compañeros, que se dirigen a la víctima con el objeto de obtener una respuesta de naturaleza sexual, no aceptada libremente y a veces con el condicionamiento de que tendrá influencias en las condiciones de empleo, puede ser considerado acoso sexual.

  • El acoso por razón de sexo

Cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear intimidación, degradar a la persona u ofenderla, lo podemos denominar acoso por razón de sexo.

  • Otros Riesgos. Exposición a sustancias peligrosas. Riesgo Químico.
  • Embarazo Y Lactancia

El embarazo y la lactancia no son riesgos laborales en sí mismos, es el estado de salud de la mujer en un determinado periodo de su vida que provoca cambios biológicos y fisiológicos que se traducen en mayor desprotección de la trabajadora y del feto o recién nacido. Estos cambios obligan a modificar las tareas o la organización del trabajo de las trabajadoras de cara a la protección de su salud y de su futuro bebe.

La desigualdad laboral que sufre la mujer trabajadora tiene un precio en términos de salud