viernes. 03.05.2024

@Montagut5 |

Desde el año 1977 se ha producido diversas regularizaciones fiscales, que, comúnmente se denominan “amnistías fiscales”. Estas regularizaciones o amnistías han pretendido la condonación total o parcial de deudas tributarias, su fraccionamiento o su aplazamiento. Esa sería más la parte de una regularización fiscal. La parte de amnistía tendría que ver con el perdón de las sanciones administrativas pecunarias y las derivadas de delitos fiscales. En realidad, estas regularizaciones o amnistías fiscales son mecanismos no muy ortodoxos en cuestiones fiscales porque es obligación de todos contribuir y del Estado que se realice esta obligación, pero tanto en España como en otros países se han realizado para sacar a la luz recursos económicos que estarían en negro. Así pues, el debate está servido.

Amnistía de 1977: borrón y cuenta nueva

La primera amnistía se dio en 1977, con una Ley de noviembre de ese año, es decir, con un Gobierno de la UCD, y que se tituló de “medidas urgentes de reforma fiscal”. Por la misma se dio un plazo temporal marcado hasta el primer trimestre del año siguiente, para que los contribuyentes se pusieran al corriente de sus obligaciones tributarias. Por su parte, se permitió a las empresas ponerse al día en sus balances y no tributar por las ganancias acumuladas hasta entonces sin sanciones, ni recargos ni intereses de demora.

Debemos tener en cuenta que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), y cuyo origen estaría en el primer bienio de la Segunda República, se instauró en 1978 como resultado de la reforma fiscal de 1977, es decir, esta primera amnistía de la Transición debería ser interpretada como un “borrón y cuenta nueva” para emprender un nuevo camino fiscal más acorde con una democracia.

'Regularización Boyer'

La denominada “Regularización Boyer” partía del Real Decreto 42/1984 de 4 de enero por el que se emitía Deuda del Tesoro durante el ejercicio de 1984, con un desarrollo en la Orden de 10 de enero de ese mismo año. Los socialistas pretendían con esta regularización que aflorara el dinero negro mediante la adquisición por parte de los que lo poseían de unos pagarés. Para que pudiera aflorar la mayor cantidad posible no se exigió que se justificase la procedencia del dinero, es decir, se miraba hacia otro lado, y sin sanciones porque se consideraba que era necesario que se regularizase el dinero.

'Regularización Solchaga'

En 1991 se dio la “Regularización Solchaga”, con una Orden de 28 de junio de ese año para la emisión por parte del Estado de Deuda Pública Especial. En realidad, el objetivo era el mismo que el de la anterior regularización, es decir, que aflorara el dinero negro. La identidad de los que adquirían esta deuda no se haría pública. Vendría a ser una continuidad de la “Regularización Boyer” con el fin de legalizar también algunos instrumentos financieros que se generaron con aquella amnistía para burlar a Hacienda.

'Regularización Zapatero'

En tiempos de la Administración de Zapatero se produjo, en 2010, una especie de regularización para los titulares de las cuentas secretas en Suiza.

'Regularización Montoro'

Por fin, estaría la “Regularización Montoro”, ya con una Administración del Partido Popular. Se produjo con el Real Decreto-ley de 30 de marzo de 2012 referido a diversas medidas tributarias y administrativas con el fin de reducir el déficit público. Se reguló una declaración tributaria especial para los contribuyentes que no estuvieran al corriente con Hacienda. Se imponía un gravamen del 10% para los que había defraudado y del 8% para la repatriación de dividendos por parte de las empresas, pero, al final, con el objetivo de conseguir más dinero se suavizó el gravamen a un 3%.

Se da la circunstancia que esta regularización fue declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional por cómo se había llevado a cabo realmente, aunque no por el contenido de la disposición. El Tribunal consideró que esta forma de llevar a cabo la regularización había supuesto una abdicación del Estado en su obligación de que se cumpliese el deber de todos de concurrir al sostenimiento del gasto público.

Las “amnistías fiscales” en la España democrática