viernes. 19.04.2024
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El usuario estuvo en Andorra desde el 29 de diciembre de 2018 hasta el 1 de enero de 2019 y durante este tiempo utilizó el móvil según su consumo habitual

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha conseguido a través de su servicio de mediación que MásMóvil devuelva a un cliente la cantidad cobrada de más por el consumo de datos Roaming en Andorra. En total, más de 6.000 euros.

Según se detalla en la reclamación, el usuario estuvo en Andorra desde el 29 de diciembre de 2018 hasta el 1 de enero de 2019 y durante este tiempo utilizó el móvil según su consumo habitual: consulta de noticias, mensajería de WhatsApp o acceso al servicio de geolocalización de manera esporádica.

Al recibir la factura correspondiente a ese periodo, MásMóvil reclamaba al usuario un total de más de 6.850 euros por el consumo de datos Roaming, sin especificar los detalles del cargo ni a qué aplicaciones o usos concretos correspondían las tarifas aplicadas.

De acuerdo con el artículo 15 del Reglamento de la Unión europea núm. 531/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de junio de 2012 relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión, las compañías deben aplicar por defecto un límite de volumen, que es aproximadamente 50 euros por periodo de facturación mensual (sin IVA), y que se aplica a todos los clientes que no hayan optado por otro límite. Además, se regula la necesidad de que el usuario preste previamente su consentimiento para ampliar la prestación del servicio, algo que el cliente no realizó en ningún momento.

En este caso, por lo tanto, el proveedor de itinerancia debería de haber informado al cliente y hacer efectiva de manera inmediata la suspensión del servicio y no cargar en cuenta al cliente. Sin embargo, la compañía no envió el mensaje con la información de la suspensión del servicio hasta el día 30 de diciembre por la tarde y, hasta ese momento, MásMóvil siguió facturando los datos al cliente.

Ante esta situación, el usuario reclamó a través de OCU que, mediante su servicio de mediación, ha conseguido que MásMóvil, a pesar de considerar que las conexiones en Roaming cobradas son correctas y han sido realizadas, haya estimado la reclamación y vaya a devolver al cliente el importe que supera el límite establecido por Ley de 50€ (60,50€/IVA Inc).

Ocu recuerda que, a pesar de que el Roaming ya no existe dentro de la Unión Europea, la itinerancia de datos sigue siendo motivo de conflicto en otros lugares, incluso en sitios cercanos, como Andorra, donde usar los datos puede salir muy caro.

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