jueves. 28.03.2024
CONTESTA EL PRESIDENTE DE GESTHA

¿Qué pueden hacer los afectados por ERTE antes de fin de año para evitar sustos en la declaración de la renta?

Entre todos los contribuyentes, son las personas que hayan sufrido un ERTE las que más atención deberían prestar, puesto que tendrían dos pagadores a efectos del IRPF.

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Aunque la campaña de la renta aún no se atisba en el horizonte, lo cierto es que la recta final del ejercicio es el momento idóneo para actuar y evitar futuros sustos y desagradables sorpresas. Sobre todo este año, en el que la pandemia podría afectar a la factura fiscal de los contribuyentes, quienes aún están a tiempo de ajustar las retenciones de las ayudas recibidas para paliar la crisis social y económica.

DOS PAGADORES A EFECTOS DE IRPF

Y entre todos los contribuyentes, son las personas que hayan sufrido un ERTE las que más atención deberían prestar, puesto que tendrían dos pagadores a efectos del IRPF.

Los perceptores de rendimientos del trabajo no tendrán obligación de declarar en relación con los rendimientos percibidos en 2020 siempre que no superen el importe de 22.000 euros brutos anuales y haya un solo pagador.

Se mantendrá este límite aún en el caso de que haya más de un pagador siempre que no reciba del segundo y ulteriores pagadores más de 1.500 euros en el año. En caso contrario, el límite se establece en 14.000 euros, independientemente de los pagadores.

En la mayoría de los casos la percepción por los ERTE no será objeto de retención debido a su escaso importe 

La Administración se considerará un segundo pagador, por lo que si lo que paga en 2020 supera los 1.500 euros, obligará a hacer declaración al trabajador (si además el total del año sumado ERTE y sueldo de su empresa supera los 14.000 euros) , ya que el límite no sería de 22.000 euros brutos al año, sino que pasaría a ser de 14.000 euros. Además, en la mayoría de los casos la percepción por los ERTE no será objeto de retención debido a su escaso importe. 

Por ejemplo, un trabajador que haya percibido ingresos de su trabajo de 12.000 euros y del ERTE 3.000 euros tendría obligación de declarar (el límite sería de 14.000 euros ya que el segundo pagador satisface más de 1.500 euros), y ya según sus circunstancias personales y familiares, la declaración podría resultar a ingresar, puesto que las retenciones habrán sido bajas.

Por ello, según los casos, puede haber contribuyentes afectados que prefieran solicitar a su empresa que incremente las retenciones a efectuar sobre la nómina de diciembre para evitar tener que realizar un desembolso al hacer la declaración en abril a junio de 2021.

Sea como fuese, lo cierto es que en la mayoría de los casos la percepción por los ERTE no será motivo de retención debido a su escaso importe anual. Y que a aquellos trabajadores con pocas cargas personales y familiares la declaración por el IRPF 2020 probablemente les resultará a ingresar.

Por aclarar, los ERTE no aumentan la tributación en el IRPF, sino que la disminuyen porque los ingresos totales en 2020 serán menores de lo esperado, pero el importe que no se retenga en 2020, tendrá que liquidarse al presentar la próxima declaración de la renta.

DEDUCCIÓN POR MATERNIDAD

Por otra parte, la pandemia también puede afectar a la deducción por maternidad de las madres trabajadoras que hubieran visto interrumpido su trabajo. Y es que en el caso de ERTE, estas mujeres dejarían de cumplir los requisitos para disfrutar de la deducción, salvo que realizara un trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial en supuestos temporales de regulación de empleo.

Una situación en la que también se encontrarían las autónomas durante los meses en los que hayan tenido que cerrar su actividad.

En definitiva, el mes que queda para finalizar el año puede servir a más de uno para ahorrar disgustos y abaratar su factura fiscal a pagar durante la próxima campaña de la renta.

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