viernes. 19.04.2024
Consejería-de-Agricultura-y-Agua-de-la-Región-de-Murcia

En los últimos días, el runrún de fondo sobre la lamentable (RAE, 1. que es digna de ser lamentada y 2. (aspecto, estado) que está muy desmejorada o maltrecha) situación de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia aumenta rápidamente en decibelios y velocidad de transmisión. La falta de personal  para prestar los servicios públicos es escandalosa, la dificultad para velar por el interés general sigue su escalada, las denuncias de nepotismo en la asignación mediante comisión de servicios de puestos de trabajo “sensibles” es motivo de charla y crítica diaria, las denuncias de represalias políticas sobre empleados públicos ejemplares trascienden a la prensa, los comentarios sotto voce sobre las presiones para condicionar el trabajo administrativo y sus resultados continuo.

En realidad, la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente ha sido el único departamento del Gobierno Regional donde el inservible Protocolo para la prevención, identificación y actuación frente al acoso laboral en la Administración Regional ha detectado un caso de acoso laboral. Vaya por delante que dicho protocolo parece más diseñado para proteger a los acosadores que a las víctimas y que la revictimización de la persona acosada es harto frecuente.

En la Administración Regional se padece un grave problema de gestión de recursos humanos, con una normativa que permite la perversión en su asignación eficaz y eficiente. De tal situación podemos responsabilizar al Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo, a la caracterización de los concursos de méritos generales y específicos o a la falta de regulación objetiva en la asignación de comisiones de servicio. En definitiva, a la falta de criterios objetivos, por escrito, públicos y recurribles en vía administrativa y judicial. No obstante, este es un problema global que afecta a la totalidad de la Administración General de la CARM y a sus organismos autónomos, no es específico de la Consejería  de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.

Lo específico de la Consejería de Agua es que padece un problema, acentuado con el tiempo, de credibilidad relacionado con la aplicación de la normativa en la que tiene competencia, de un número insuficiente de personas para ejecutarla y hacerla efectiva, de una protección insuficiente de todos aquellas personas que ostentan potestades públicas de ejecución y sanción. De ahí a la denuncia pública o privada, esta última en voz alta o, con más frecuencia abonico, que se viene produciendo desde hace años, especialmente con el nombramiento como Jefa del Servicio Jurídico de una persona de otra administración pública, aunque la situación se arrastra desde prácticamente siempre, con conatos de “soluciones a las bravas” como fue la invención del ARCA (leer entre otros La épica y el ARCA o La Agencia del Clima y del Medio Ambiente (ARCA) es para el verano) o las actuaciones poco meditadas y con consecuencias en la gestión técnica y administrativa de la primera sopa verde en el Mar Menor.

En una consejería como la de  Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente no extraña que las organizaciones sindicales reciban habitualmente quejas, llamadas telefónicas de asesoramiento o directamente la exposición de una situación de actitudes directivas que colisionan directamente con la independencia de las personas funcionarias en la aplicación de las leyes, o que se les recuerde al personal interino cuál es su situación laboral cuando su celo profesional coincide con el espíritu y con el texto de las leyes.

En el periodo 2015-2019, el  Protocolo para la prevención, identificación y actuación frente al acoso laboral en la Administración Regional se ha activado en 15 ocasiones. En 7 de ellas el expediente se cerró por desistimiento de las personas denunciantes, 5 se desestimaron por no cumplir los requisitos para la caracterización de acoso, 1 sigue en estudio y en otra más, se concluyó que “no se puede descartar que los hechos investigados se encuadren (...) como conductas constitutivas de acoso laboral por un abuso de autoridad concretado en una acción de represalia (…) por haber planteado sus opiniones técnicas contrarias a la organización, que ha supuesto presiones hacia ella y han terminado en quejas y demandas frente a la organización”. Hay que aclarar que cuando un servicio de prevención afirma que “no se puede descartar” hay que leer “existe acoso laboral”. Este último es el único caso, lo dijimos al principio del artículo, de acoso laboral detectado por un Protocolo normalmente inservible, y se desarrolló durante al menos un año en la Consejería de Agua.

Nos encontramos, entonces, ante una situación que trasciende la normativa autonómica en la gestión de recursos humanos. Los problemas laborales existentes no son debidos, no al menos en parte, a un mal clima laboral o a reivindicaciones profesionales. Las denuncias de politización, de represalias políticas, de asignación arbitraria de puestos de trabajo de acuerdo con afinidades o una mayor o menor flexibilidad en la interpretación y aplicación de las leyes, de presiones más o menos veladas de acuerdo con la relación contractual del profesional con la Administración Regional, de desembarco de personal de otras administraciones con criterios más laxos para firmar tal o cual resolución, de burla de la legislación en materia de personal, de asignación diferente de cargas de trabajo, de “prisas” para resolver determinados expedientes, son frecuentes e indican un problema grave en la Consejería de Agua.

Una organización que es incapaz o que no quiere ver la situación interna poco hará para actuar. Si además se percibe una sintonía indisimulada entre intereses económicos y/o corporativos, que presionan para sustituir el control público de la legislación por otro público privado, y la dirección de la consejería, poco ayuda.

Consejería de Agricultura de Murcia: de mal en peor